![Orden SND/414/2020. Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocios y conferencias. Fase 2.](/media/k2/items/cache/85d801741ea69f12c0896e93c389f4b0_Generic.jpg)
![Evelin Molano](https://www.feda.es//media/k2/users/14.png)
Mayo 18, 2020
Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias.
Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada. Por lo que se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas de conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares.
Se deberá cumplir con la distancia física exigida, 2 metros, sin superar la cifra de 50 asistentes, debiendo fomentarse la participación a distancia.