Se trata de una ampliación de la definición de ‘pan común’
El pasado viernes el Gobierno dio luz verde a la aplicación del IVA reducido al 4% para panes integrales y los elaborados con salvado y cereales distintos al trigo. Se trata de una ampliación de la definición de ‘pan común’ que permitirá la rebaja del 10% actual. Además se limitan ciertos aspectos en la calidad del pan.
Límite de sal
Entre lo más destacado de la nueva normativa aprobada por el Consejo de Ministros, a partir de ahora se considerará pan común a los elaborados con harinas diferentes a la de trigo o con bajo contenido en sal. Asimismo, el contenido de esta última queda limitado y a partir de 2020 se establecerá un límite máximo obligatorio.
Asimismo, se endurecen los requisitos sobre el pan integral, cuya harina tendrá que ser 100% integral, mientras que los que no sean completos, deberán marcar el porcentaje en el etiquetado.
Cambios de etiquetado
En lo que respecta al pan multicereal de tres o más harinas, deberá contener una proporción mínima del 10%. Al mismo tiempo, para que uno de estos productos se puede clasificar como de elaboración artesana, “debe primar” el factor humano frente al mecánico, lo que se traducirá a evitar la publicidad engañosa en panes que no cumplían con este criterio.
Lo mismo ocurre con el pan de leña o de horno de leña, que deberá ser cocido íntegramente en uno de estos para que pueda ser etiquetado como tal.