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Comercio propone a Hellín la declaración de zona de gran afluencia turística

Miércoles, 05 Marzo 2008
Esta calificación sería beneficiosa para el comercio en fechas como Semana Santa
La Federación de Comercio de Albacete, que preside Lorenzo López, ha propuesto al Ayuntamiento de Hellín que solicite la declaración del municipio como zona de gran afluencia turística. Una calificación que la Federación considera beneficiosa en fechas tan importantes para Hellín como la Semana Santa. Una necesidad que se ha hecho más patente entre los comerciantes teniendo en cuenta los días festivos de este año, que se inician no el Jueves Santo, sino el miércoles, al coincidir con la festividad de San José. También es verdad que esta declaración, en el caso de conseguirse, ya no sería válida para este año.
 
Por el contrario, el Ayuntamiento sí podría solicitar, con un informe favorable de la propia Federación de Comercio, un cambio a favor del próximo 19 de marzo por alguno de los domingos o festivos que quedan en el año con autorización para la apertura del comercio
 
Son zonas de gran afluencia turística las declaradas por la Consejería competente en materia de comercio, en este caso la Consejería de Industria y Sociedad de la Información, a propuesta de cada municipio interesado. Podrá comprender todo o parte del término municipal o del núcleo urbano. Es el artículo 7 de la Ley 10/2005 de Horarios Comerciales de Castilla-La Mancha, el que establece también el procedimiento para le declaración de zona de gran afluencia turística. 
 
Con fecha 28 de septiembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto 278/2007 por el que se fija el calendario laboral para el año 2008 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma,siendo festivos los siguientes días del mes de marzo:
 
- 19 de Marzo (miércoles), festividad de San José.
- 20 de Marzo, Jueves Santo.
- 21 de Marzo, Viernes Santo.
 
Libertad horaria
 
Por otro lado la Orden del 7 de noviembre de 2007 de la Consejería de Industria y Sociedad de la Información, determina los domingos y festivosautorizados para la apertura al público de los establecimientos comerciales en Castilla-La Mancha durante el año 2008, y en el que sólo fija en el mes de marzo la apertura del pasado domingo día 2.
 
Todo esto supone que en el mes de marzo hay tres días seguidos festivos en los que el comercio en principio no puede estar abierto al público.
 
Además, la Ley 10/2005 de Horarios Comerciales de Castilla-La Mancha dispone en sus artículos 6 y 7 un régimen especial de horarios, según el cualgozan de libertad horaria:
 
·          Los establecimientos dedicados principalmente a la venta de pastelería y repostería, pan platos preparados, prensa, combustible y carburante, floristería y plantas, establecimientos instalados en estaciones, medios de transportes terrestres y aéreos y las tiendas de conveniencia.
·          Los establecimientos comerciales de venta de alimentación y consumo cotidiano, que dispongan de una superficie útil para la exposición y venta al público de hasta 150 metros cuadrados, excluidos los pertenecientes a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pequeña y mediana empresa.
·          Los establecimientos dedicados en exclusiva a la venta de productos típicos culturales y productos de artesanía popular.
·          Las oficinas de farmacia y estancos se regirán por su normativa específica.
·          Los establecimientos situados en zona de gran afluencia turística.
 
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