¿Son legales los vales de devolución? Ventajas del arbitraje de consumo
Mañana martes, día 25 de noviembre, en el transcurso de una jornada-coloquio, la Federación de comercio tratará de dar respuesta a las cuestiones más importantes en materia de garantías y arbitraje de consumo. La jornada se celebrará a las 20,00 horas, en el Gran Hotel.
La Federación de Comercio de Albacete y FEDA, con la colaboración de la Diputación Provincial y la Cámara Oficial de Comercio, quieren suplir con esta jornada las carencias existentes en relación con la información sobre garantías, así como con el Arbitraje de Consumo, como medio ideal para resolver las diferencias que surgen, entre empresarios y clientes.
En los últimos tiempos, la Federación de Comercio ha recibido numerosas consultas en relación con la legalidad de los vales de devolución, con los plazos legales de garantías, o cómo el comerciante tiene que tratar una situación de desacuerdo con un cliente y en qué momento es conveniente facilitar la hoja de reclamaciones.
Dar respuesta a mucha dudas y consultas
Con esta jornada, se pretende dar respuesta a muchas dudas y consultas que sobre estos temas se plantean:
- ¿Cuáles son los plazos de garantías de los bienes de consumo? ¿El de 6 meses o el de dos años?
- ¿Qué significa la garantía comercial?
- ¿Es legal entregar vales a quien devuelve un producto en vez de dinero? ¿Son posibles los plazos de caducidad en los vales?
- ¿Cuándo debo facilitar la hoja de reclamaciones a mis clientes?
-¿Cómo se resuelve en arbitraje de consumo?
- ¿Quién defiende al empresarioen arbitraje de consumo?
Objetivos de la jornada
El objetivo que se persigue con esta jornada-coloquio es, por un lado, dar a conocer la Ley de Garantías y las diferentes posibilidades de garantías adicionales o comerciales que puede ofrecer el empresario a sus clientes como instrumento de fidelización y, por otro lado, profundizar en las excelentes posibilidades que tiene el arbitraje de consumo como medio de resolución de los conflictos que entre empresarios y clientes puedan surgir. Todo ello y muy especialmente tras la publicación del RD 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo y que entró en vigor el día 15 de agosto de 2008.
La jornada será desarrollada por técnicos que conocen la normativa aplicable y que tienen experiencia en la práctica de las reclamaciones que en la actualidad se están viendo en arbitraje para que los comerciantes tengan una visión real de la situación.
Lo que empresarios y consumidores deben conocer sobre garantías legales, correrá a cargo de Manuel Jesús Marín López, profesor titular de Derecho Civil de la Facultad de Derecho de Albacete, conocedor del tema y experto en materia de arbitraje de consumo. Para tener una visión práctica y conocer los pormenores del arbitraje de consumo, en la mesa coloquio estará un representante de los consumidores, Jose Mª Roncero Garrido, vocal de la parte de los consumidores de la Junta Arbitral de Consumo de Castilla-La Mancha y presidente de la UCE; también estará Diego La Guía Almansa, presidente del Colegio Arbitral de la Diputación de Albacete y con Paulino Cuervas Mons, abogado de FEDA y vocal de la parte empresarial en la Junta Arbitral de Consumo de Castilla-La Mancha.
Así, se ha dado cabida a todas las partes implicadas en ver y resolver las diferencias entre empresarios y clientes, porque el arbitraje se entiende como una herramienta en la que todas las partes están en un plano de igualdad a la hora de decidir dar una solución a los conflictos planteados. Por eso, la jornada va también dirigida a los consumidores.
Son muy numerosos los sectores en los que se puede presentar una reclamación de arbitraje y, por tanto, que es un tema que aunque identificado con el comercio en general ( textil, calzado y complementos, informática y electrónica, floristerías; hogar, decoración; muebles, electrodomésticos...), afecta también a sectores tales como reparaciones en el hogar, carpinteros; cristaleros; electricistas, instaladores de tarimas ... incluso se han visto casos de reclamaciones a promotoras y constructoras. En peluquerías, tintorerías.. y en otros sectores en los que los clientes pueden pedir la hoja de reclamaciones y solicitar que las diferencias se resuelvan en arbitraje.