Constituida en mayo de 1979. Esta Asociación, está integrada en FEDA de forma directa.
Tiene como fin la defensa de los intereses comunes de sus socios y velar por el cumplimiento de sus obligaciones dentro del ejercicio de la actividad de transporte.
Los servicios que presta:
- Asesoramiento en todo tipo de información, ya sea técnica o general del sector.
- Órgano intermedio ante la Administración.
- Tramitaciones de Tarjeta de Transporte (visados).
- Solicitudes de Tarjetas de Tacógrafo Digital tanto de conductor como de empresa.
- Permisos bilaterales, permisos terceros países.
- Certificados de paralización de vehículos, certificados de actividades o leave letter.
- Certificado de exención de CAP.
- Solicitud de la bonificación del gasóleo profesional siendo órgano gestor ante la Agencia tributaria.
- Solicitud de las ayudas por abandono de actividad.
- Venta de libros de transporte.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
Condición de asociado: ART. 7. - Pueden ser miembros de esta Asociación todos los empresarios, que estando asociados a título individual a la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA), ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con agencias de transporte en general y ejecuten su actividad dentro de la provincia de Albacete .
Tiene como fin la defensa de los intereses comunes de sus socios y velar por el cumplimiento de sus obligaciones dentro del ejercicio de la actividad de transporte.
Los servicios que presta:
- Asesoramiento en todo tipo de información, ya sea técnica o general del sector.
- Órgano intermedio ante la Administración.
- Tramitaciones de Tarjeta de Transporte (visados).
- Solicitudes de Tarjetas de Tacógrafo Digital tanto de conductor como de empresa.
- Permisos bilaterales, permisos terceros países.
- Certificados de paralización de vehículos, certificados de actividades o leave letter.
- Certificado de exención de CAP.
- Solicitud de la bonificación del gasóleo profesional siendo órgano gestor ante la Agencia tributaria.
- Solicitud de las ayudas por abandono de actividad.
- Venta de libros de transporte.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
Condición de asociado: ART. 7. - Pueden ser miembros de esta Asociación todos los empresarios, que estando asociados a título individual a la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA), ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con agencias de transporte en general y ejecuten su actividad dentro de la provincia de Albacete .