Asociación profesional constituida e integrada en FEDA en junio de 1977, tiene como fin el desarrollo y la defensa de los intereses derivados del ejercicio de la actividad de transporte discrecional.
Actualmente la mayoría de las empresas que la integran acaban de constituir una UTE para el desarrollo de trabajos relacionados con transporte escolar.
Dentro de la Asociación se prestan servicios relacionados con la actividad del sector:
- Envío de todo tipo de circulares ya sean técnicas e informativas.
- Representación en las Juntas Directivas.
- Órgano intermedio ante la Administracilón.
- Visados de tarjetas de Transporte, Tacografo Digital.
- Permisos bilaterales.
- Certificados paralización de vehículos.
- Certificados de actividades (leave letter).
- Solicitud de las bonificaciones del gasóleo profesional.
- Solicitud de las ayudas por abandono de actividad.
- Desarrollo e información de los concursos de transporte escolar así como la presentación al concurso de dichas rutas.
- Venta de libros de ruta y reclamaciones.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
Condición de asociado: ART. 7.-Pueden ser miembros de esta Asociación todos los empresarios, que estando asociados a título individual a la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA), ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con el transporte de servicio discrecional de viajeros en general y se encuentren radicadas dentro de la provincia de Albacete.
Actualmente la mayoría de las empresas que la integran acaban de constituir una UTE para el desarrollo de trabajos relacionados con transporte escolar.
Dentro de la Asociación se prestan servicios relacionados con la actividad del sector:
- Envío de todo tipo de circulares ya sean técnicas e informativas.
- Representación en las Juntas Directivas.
- Órgano intermedio ante la Administracilón.
- Visados de tarjetas de Transporte, Tacografo Digital.
- Permisos bilaterales.
- Certificados paralización de vehículos.
- Certificados de actividades (leave letter).
- Solicitud de las bonificaciones del gasóleo profesional.
- Solicitud de las ayudas por abandono de actividad.
- Desarrollo e información de los concursos de transporte escolar así como la presentación al concurso de dichas rutas.
- Venta de libros de ruta y reclamaciones.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
Condición de asociado: ART. 7.-Pueden ser miembros de esta Asociación todos los empresarios, que estando asociados a título individual a la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA), ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con el transporte de servicio discrecional de viajeros en general y se encuentren radicadas dentro de la provincia de Albacete.