La Asociación de Gestores Ambientales de Albacete, AGESAM, se constituyó en Albacete el 14 de diciembre de 2005, en una reunión mantenida por un alto número de empresarios comprometidos con el medio ambiente, su finalidad es la búsqueda de soluciones eficaces para que las distintas actividades y sectores industriales gestionen sus residuos, y asegurar que su reciclaje, reutilización, valorización o eliminación se realice de la forma más respetuosa con el medio ambiente, y siempre conforme a la legislación vigente.
A raíz de esta reunión, en la que se aprecian las carencias y necesidades que acompañan a todo tipo de empresarios y a los gestores de residuos de todo tipo, se decide crear una asociación cuyo objetivo es fomentar el desarrollo técnico y empresarial de los miembros asociados, así como la defensa y promoción de los intereses sociales y económicos que les son propios, teniendo siempre presente el fomento, mantenimiento, defensa y conservación del medio ambiente. La actividad principal de las empresas socias se centra en la gestión medioambiental de residuos peligrosos, no peligrosos e inertes.
Para que el desarrollo de estas actividades sea efectivo, la Asociación se ha planteado unos objetivos básicos del que se derivan proyectos específicos, y aunque su ámbito de actuación es Albacete y provincia, tiene el reconocimiento de ser la primera asociación en Castilla La-Mancha que agrupa este gremio empresarial, recibiendo en 2019 una Mención Honorífica en los Premios Regionales de Medio Ambiente celebrados por la Consejería de Desarrollo Sostenible- JCCM.
Desde algunos años AGESAM se ha involucrado de manera notable en la sensibilización y educación ambiental en materia de reciclaje y conservación de la naturaleza, desarrollando actividades dirigidas para los niños, tales como su concurso "Kilowatios de Solidaridad" o la "Semana del Medio Ambiente" con talleres y actividades.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
CONDICION DE ASOCIADO: ARTICULO 7º. Ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con la Gestión Medioambiental en general y ejecuten su actividad dentro de la provincia de Albacete. Deben tener autorización para gestión de residuos, actividad de 1 año y firmar solicitud de adhesión para su aprobación por Junta Directiva.
A raíz de esta reunión, en la que se aprecian las carencias y necesidades que acompañan a todo tipo de empresarios y a los gestores de residuos de todo tipo, se decide crear una asociación cuyo objetivo es fomentar el desarrollo técnico y empresarial de los miembros asociados, así como la defensa y promoción de los intereses sociales y económicos que les son propios, teniendo siempre presente el fomento, mantenimiento, defensa y conservación del medio ambiente. La actividad principal de las empresas socias se centra en la gestión medioambiental de residuos peligrosos, no peligrosos e inertes.
Para que el desarrollo de estas actividades sea efectivo, la Asociación se ha planteado unos objetivos básicos del que se derivan proyectos específicos, y aunque su ámbito de actuación es Albacete y provincia, tiene el reconocimiento de ser la primera asociación en Castilla La-Mancha que agrupa este gremio empresarial, recibiendo en 2019 una Mención Honorífica en los Premios Regionales de Medio Ambiente celebrados por la Consejería de Desarrollo Sostenible- JCCM.
Desde algunos años AGESAM se ha involucrado de manera notable en la sensibilización y educación ambiental en materia de reciclaje y conservación de la naturaleza, desarrollando actividades dirigidas para los niños, tales como su concurso "Kilowatios de Solidaridad" o la "Semana del Medio Ambiente" con talleres y actividades.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
CONDICION DE ASOCIADO: ARTICULO 7º. Ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con la Gestión Medioambiental en general y ejecuten su actividad dentro de la provincia de Albacete. Deben tener autorización para gestión de residuos, actividad de 1 año y firmar solicitud de adhesión para su aprobación por Junta Directiva.