Con el objetivo de fomentar la innovación en nuestra región, la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha pone a disposición del tejido empresarial ayudas de apoyo a la innovación, cofinanciadas al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
Actualmente, la convocatoria de ayudas del Programa Adelante-Innova se encuentra abierta y el plazo de solicitud se mantendrá hasta el 04 de noviembre de 2019. Aquellos socios y empresas interesadas en presentar la solicitud en cualquiera de las diferentes líneas incluidas en la ayuda Innova Adelante podrán contactar con el Servicio de Gestión de la Innovación de FEDA.
Beneficiarios: Cualquier tipo de empresa, con al menos dos trabajadores, que proyecten llevar a cabo una actuación subvencionable en el territorio de Castilla-La Mancha.
Líneas subvencionables:
Línea 1: Proyectos para el desarrollo, implementación o puesta en marcha de nuevos bienes o servicios, o una mejora significativa de los ya fabricados o realizados.
Los bienes o servicios se consideran nuevos o significativamente mejorados, si la empresa no produce un producto con la misma finalidad y características, así como si no hay otro producto disponible en el mercado, que ofrezca la misma funcionalidad, o si la tecnología que usa el nuevo producto es fundamentalmente diferente de la tecnología usada para los productos existentes.
Dichos proyectos podrán comprender:
- Creación de prototipos y la demostración de éstos.
- Elaboración de proyectos piloto, el ensayo, validación o certificaciones de productos o servicios nuevos o mejorados.
- Proyectos que tengan como objetivo aportar nuevas mejoras técnicas a productos o servicios que no estén sustancialmente asentados en la empresa o en el mercado.
- Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones.
Línea 2: Proyectos para el desarrollo e implantación de procesos nuevos o significativamente mejorados, mediante la incorporación de tecnologías emergentes, o la aplicación de nuevos métodos, normas, o técnicas en la producción, suministro, logística u organización.
Los procesos o métodos organizativos se consideran nuevos o significativamente mejorados, si no han sido utilizados antes por la empresa.
Podrá comprender:
- Aplicación en la empresa de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado.
- Aplicación de un nuevo método organizativo a la organización del centro de trabajo.
- Implantación de normas para mejorar la calidad de los procesos de la empresa.
Conceptos de gasto financiable:
- Sueldos y salarios
- Costes laborales de nuevas contrataciones de personal propio para la ejecución del proyecto
- Costes de instrumental y material de carácter técnico.
- Activos fijos nuevos: costes por adquisición de equipos tecnológicos, que se destinen directamente al proyecto
- Gastos en colaboraciones externas (consultoría, ingeniería, laboratorios, certificaciones, y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto).
- Costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia
- Costes por adquisición de licencias software, aplicaciones y programas informáticos, implantados por primera vez, que estén directamente relacionados con el proyecto.
Conceptos de gasto NO financiable:
- La adquisición de terrenos, obra civil e instalaciones.
- Los bienes de equipo de segunda mano.
- La adquisición de equipos que tengan el carácter de reposición, o no se destinen directamente al proyecto. o no aporten diferencias tecnológicas relevantes al sistema habitual existente en el sector de la empresa.
- Gastos asociados al mantenimiento de equipos, aplicaciones y software, así como actualizaciones de software, renovación de licencias, normas de calidad o cualquier otro gasto de mantenimiento o cuota.
- Cuotas empresariales a la Seguridad Social y las percepciones no salariales del personal subvencionado.
- Los servicios contratados para actividades permanentes o periódicas de las empresas, o que estén relacionados con los gastos de explotación normales de las mismas, como pueden ser los servicios rutinarios de asesoría fiscal o jurídica periódica, o los de publicidad.
- Tasas e impuestos públicos.
- Los gastos realizados con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
- Los gastos financieros; de asesoría jurídica o financiera; notariales y registrales; de administración específicos; de garantía bancaria; intereses deudores de las cuentas bancarias; intereses, recargos y sanciones administrativas y penales; gastos de procedimientos judiciales; tributos; y los costes indirectos.
- Las adquisiciones de activos, bien sea en forma de entrega de bienes o de prestación de servicios, realizadas a entidades vinculadas.
- Otros gastos asociados a tareas del proyecto cuya realización no pueda ser debidamente acreditada
Características de las ayudas:
- El límite mínimo de inversión subvencionable es de 5.000,00 euros, con un máximo de inversión subvencionable de 250.000,00 euros.
- La cuantía de la subvención estará determinada en función del tipo de beneficiario:
- Un 45% para las microempresas y pequeñas empresas
- Un 35% para las medianas empresas
- Un 25% para las grandes empresas
Periodo de solicitud: del 05 de junio de 2019 hasta el 05 de noviembre de 2019.
Plazo de ejecución: duración máxima de 12 meses tras la fecha de presentación de la solicitud
Si quieres obtener más información acerca de la ayuda de Innovación Empresarial, contacta con nuestro Servicio de Apoyo a la Inversión de FEDA.
Archivos descargables: Resolución completa.