En atención a las restricciones de libertad de circulación de las personas, establecidas en el Real Decreto 463/2020, en su artículo 7.1 y 7.2 recomendamos a las empresas expedir para cada trabajador el modelo de certificado que se puede descargar en archivos adjuntos, el cual permita acreditar el cumplimiento de las condiciones establecidas. Fundamental que vaya firmado y sellado.
Con el fin de facilitar a los trabajadores que puedan acudir a sus centros de trabajo, cuando así se haya establecido por la empresa, y dar cumplimiento a lo requerido por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se estima conveniente que las empresas expidan a sus trabajadores, a la mayor brevedad, este certificado acreditativo de que continúan prestando sus servicios de forma presencial en sus respectivos centros de trabajo, con indicación expresa de los datos identificativos del trabajador, de la empresa y de su centro de trabajo, así como la ubicación del mismo.