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NUEVA AMPLIACIÓN SOBRE LA AFECTACIÓN DEL CORONAVIRUS AL TRANSPORTE EN LA UE

Viernes, 27 Marzo 2020

Ampliación de la información de las actuaciones que están llevando a cabo diferentes países de nuestro entorno. Como siempre esta información nos viene suministrada por la IRU. A continuación, enumeraremos los países y sus medidas:

  • Dinamarca: Desde el 13 de marzo de 2020 hasta el 11 de abril de 2020, todo el transporte nacional de mercancías en Dinamarca ha quedado exento de las normas sobre el descanso semanal. A partir del 26 de marzo de 2020, la exención temporal abarca tanto el transporte de carga internacional como el nacional
  • Belarús: De conformidad con el Decreto No. 171 del Consejo de Ministros de la República de Belarús, de fecha 25 de marzo de 2020, todos los conductores que realicen el tránsito de mercancías a través de Belarús están obligados a utilizar únicamente las carreteras nacionales aprobadas y a estacionarse en determinadas zonas para descansar, comer o repostar, de conformidad con la lista de carreteras y zonas de estacionamiento especificadas aprobadas por el Decreto.

Los conductores en tránsito están obligados a abandonar el territorio de Belarús por el camino más corto posible, a más tardar al día siguiente de su entrada en el territorio de Belarús, a menos que sea imposible cumplir el período especificado debido a un accidente o avería del vehículo, a la descarga o transbordo de la carga, a la sustitución del vehículo, o si está previsto en las condiciones del contrato de transporte y se indica en los documentos de transporte.

Si es necesario llevar a cabo alguna de las operaciones mencionadas, se permite una desviación de la lista aprobada de carreteras nacionales y zonas de estacionamiento especificadas. Sin embargo, las operaciones deben realizarse en el plazo más breve posible. Mientras el vehículo esté estacionado, los conductores de tránsito no deben salir del área de estacionamiento.

  • Eslovaquia: El 25 de marzo de 2020, el CESMAD de Eslovaquia proporcionó más aclaraciones sobre las normas aplicables a los conductores de camiones: o Los conductores eslovacos que regresan a Eslovaquia sólo están exentos de las normas de cuarentena si realizan un transporte internacional, y siempre que permanezcan en su casa durante el tiempo que pasan en Eslovaquia. Todo conductor eslovaco que regrese a Eslovaquia en automóvil debe estar en cuarentena durante 14 días, de conformidad con los reglamentos vigentes; o Los conductores extranjeros que realizan operaciones de flete internacional, con destino y origen en Eslovaquia, también están exentos de las normas de cuarentena.
  • Finlandia: El 26 de marzo de 2020, el Gobierno promulgó un decreto sobre la ampliación de los tiempos de conducción y la reducción de los períodos de descanso de los conductores de autobuses y vehículos pesados debido a la pandemia de coronavirus. La exención se aplicaría al transporte por carretera del 27 de marzo al 25 de abril de 2020, lo que permitiría acortar el período de descanso diario de los conductores a 9 horas y el período de descanso semanal a 24 horas. El Gobierno también propone que se permita que el período de descanso mínimo requerido de 45 minutos se divida más libremente en períodos de 15 y 30 minutos dentro de un período de cuatro horas y media. Fuente: Ministerio de Transporte y Comunicaciones
  • Eslovenia: El Gobierno de la República de Eslovenia ha aprobado un decreto sobre la prohibición temporal de realizar inspecciones técnicas periódicas y otros procedimientos relacionados con la matriculación de vehículos de motor y el trabajo en talleres de tacógrafos en la República de Eslovenia, que prohíbe temporalmente, hasta el 16 de abril de 2020, la realización de inspecciones técnicas y otros procedimientos. 

Si un individuo no tiene esa prueba, se le permite entrar en la República de Eslovenia sólo si: o su temperatura corporal es inferior a 37,5°C, y  o no muestra signos claros de infección del tracto respiratorio superior (tos, estornudos, falta de aliento). También se suspende el transporte de mercancías por carretera de la República Italiana a la República de Eslovenia, con excepción del transporte de artículos postales, medicamentos, equipo de protección y dispositivos médicos, así como de la ayuda humanitaria. Están exentos los vehículos de mercancías (transporte de mercancías) cuyo destino final sea la República de Eslovenia.

Sobre la base de acuerdos con diferentes países vecinos, el transporte de tránsito de mercancías por carretera se realiza actualmente en convoyes organizados, en cooperación con la policía y con la asistencia del servicio de inspección de peajes de la DARS.

Condiciones aplicables a la entrada en Eslovenia desde Austria:

o 13 puntos de entrada:  Gornja Radgona, Kuzma, Holmec, Karavanke, Jurij, Vič, Ljubelj, Trate, Radlje, Gederovci, Çentilj (autopista), Çentilj (carretera) y Korensko. o No se permite el tráfico de trenes de pasajeros

o Se permite la entrada desde Austria: Los ciudadanos eslovenos, los residentes temporales o permanentes en Eslovenia, los extranjeros - si presentan pruebas, no mayores de tres días, de haber dado negativo en la prueba del SARS-CoV-2,

o los extranjeros con una temperatura corporal inferior a 37,5°C sin signos claros de infección de las vías respiratorias superiores.

o La ordenanza no se aplica a los propietarios de tierras a ambos lados de la frontera estatal que realizan trabajos agrícolas, a los migrantes laborales transfronterizos, al transporte de mercancías, a los pasajeros de vehículos de emergencia/ambulancia y al tránsito realizado en convoyes humanitarios organizados.

o No se permitirá el tránsito de personas que se supone que no pueden abandonar el territorio de la República de Eslovenia debido a acciones de los países vecinos.

o La ordenanza entró en vigor el 25 de marzo a las 00:00.

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