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Resolución 10/06/2020, de la Consejería de Sanidad JCCM, por la que se modifica el porcentaje de ocupación en locales de hostelería y restauración, y se flexibilizan determinadas restricciones en provincias que hayan alcanzado la Fase 3.

Viernes, 12 Junio 2020

Resolución 10/06/2020, de la Consejería de Sanidad de la JCCM, por la que se modifica el porcentaje de ocupación en locales de hostelería y restauración, y se flexibilizan determinadas restricciones en provincias que hayan alcanzado la Fase 3.

- Modificación del porcentaje de aforo previsto en el artículo 18.1 de la Orden SND/458/2020, del aforo de establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local a dos tercios del aforo máximo.

- Establecer el porcentaje de aforo de las terrazas al aire libre en establecimientos de hostelería y restauración, previsto en el artículo 18.4 de la Orden SND/458/2020, en el setenta y cinco por ciento de las mesas permitidas el año inmediatamente anterior. En el caso de licencia concedida por primera vez, deberá limitarse el aforo al setenta y cinco por ciento del que se haya autorizado para ese año.

- Se permite la reapertura de locales de discotecas y bares de ocio nocturno previstos en el artículo 18.6 de la Orden SND/458/2020, siempre que no se supere un tercio de su aforo y se cumplan las condiciones previstas en el capítulo IV. En todo caso podrá procederse a la apertura al público de las terrazas al aire libre situadas en los mismos, con los mismos requisitos previstos en los apartados anteriores.Cuando exista en el local un espacio destinado a pista de baile o similar, el mismo podrá ser utilizado para instalar mesas o agrupaciones de mesas, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.

En el enlace que se encuentra en la parte inferior de esta noticia encontrarás la Resolución 10/06/2020.

 

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