El 31 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto 201/2021, que modifica el Real Decreto 1338/2018, por el que se regula el potencial de producción vitícola, y que adapta lo contenido en el Reglamento (UE) 2020/2220 en relación con las autorizaciones de plantación.
Con este nuevo reglamento, el objetivo de la Unión Europea es facilitar la aplicación de la actual normativa en materia de autorizaciones de plantaciones, con el fin de paliar los efectos de la pandemia COVID-19.
Principales cambios incluidos en el real decreto:
- Se prolonga hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia de las autorizaciones de nueva plantación y de replantación que caducan o pueden caducar en 2020 y se permite a los titulares de estas autorizaciones renunciar a ellas, sin penalizaciones, si lo comunican antes del 28 de febrero de 2021 (aplicación retroactiva).
- Se amplía el plazo para presentar solicitudes de conversión de derechos de replantación hasta el 31 de diciembre de 2022.
- Se establece un nuevo plazo de validez para las autorizaciones convertidas, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Se amplía la vigencia de los derechos de replantación que caduquen en esta campaña y siguientes, hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Se actualiza el listado de variedades de uva autorizadas para la vinificación por comunidad autónoma, añadiendo la variedad Tinto Fragaso al listado de Castilla-La-Mancha.
Fecha de entrada en vigor: 1 de abril 2021. No obstante, parte de las modificaciones introducidas son de aplicación desde el 1 de enero de 2020.
Para mayor información, acceda al texto completo del Real Decreto 201/2021, así como al Resumen de variedades de vid y portainjertos autorizados en Castilla-La Mancha (archivos adjuntos).