Se ha publicado en el BOP de 19 de mayo de 2021, las bases reguladoras de subvenciones para inversiones en microempresas y pymes, para la ejecución de inversiones en infraestructuras y en otros activos materiales e inmateriales.
Finalidad: La finalidad de esta convocatoria es cofinanciar inversiones de microempresas y pymes, realizadas entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020,en activos materiales e inmateriales, relacionadas con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la adaptación o necesidades generadas por la crisis provocada por la COVID-19, la diversificación o transformación de la producción de una empresa existente, así como en vehículos de transporte de mercancías ecológicos propulsados mediante combustibles alternativos.
Beneficiarios: microempresas y pymes con domicilio fiscal y establecimiento de la actividad en el municipio de Albacete.
Gastos subvencionables (base 7):
- Inversiones en obra civil, bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje, mobiliario y enseres, equipos y programas informáticos, y otras inversiones en activos materiales e inmateriales.
- Inversión en vehículos de transporte de mercancías de los tipos N1, N2 y N3, eléctricos puros, híbridos enchufables, o propulsados por hidrógeno, gas o bifuel.
- Trabajos de planificación e ingeniería vinculados a los proyectos de inversión presentados a la convocatoria, con un máximo del 10€ de la inversión subvencionable aprobada resultante de dichos trabajos.
Topes de subvención: cada subvención está sujeta a un límite máximo del 50 por 100 de los costes estimados subvencionables conforme a lo establecido en estas bases.
La subvención máxima por beneficiario no podrá exceder de 15.000 euros.
Forma de presentación: La solicitud se presentará necesariamente mediante medios electrónicos, preferentemente en la sede electrónica del Ayuntamiento.
El plazo de presentación: de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP ( BOP 24/05/2021). Plazo de solicitud del 25 de mayo al 25 de junio de 2021.
Documentación necesaria (base 6):
- Identificación de la inversión.
- Facturas de la inversión realizada.
- Declaraciones responsables.
Justificación (base10):
- Se justificaran mediante cuenta justificativa del gasto realizado.
- Las inversiones deberán están totalmente justificadas antes del cumplimiento del plazo de dos meses desde la fecha de notificación del acuerdo de la resolución de la convocatoria.
Puedes consultar las bases reguladoras al completo y extracto de la convocatoria, haciendo clic en el enlace al final de este artículo.