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Ayudas Adelante Digitalización para la transformación digital

Viernes, 22 Octubre 2021

Desde el Servicio de Innovación de FEDA, te informamos de que mañana 23 de octubre tendrá lugar la apertura de la Convocatoria del Programa -Adelante Digitalización- de la JCCM. Dejamos a continuación un breve resumen sobre los condicionantes de la ayuda.

El programa Adelante Digitalización se compone de dos líneas de subvención:

  1. Línea de Apoyo para la Transformación Digital de las PYMES

Estas líneas tienen como objetivo incentivar la inversión en proyectos para impulsar el establecimiento de nuevos canales de venta de las PYMES, para posicionarlas estratégicamente en el mercado online o mejorar su posicionamiento, mediante la creación o mejora de una tienda online para vender productos o servicios por internet, o emprender un negocio digital.

  1. Línea de apoyo para la transformación digital de la industria manufacturera de Castilla-La Mancha.

El objetivo principal de esta línea de ayudas es subvencionar la inversión en proyectos para la transformación digital de la industria mediante la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs) en las pymes de carácter industrial manufacturero.

¿Qué proyectos son subvencionables en este Programa de Ayudas?

  • Comercio electrónico: siempre que se realice alguna de las siguientes medidas:
    • Establecer nuevos canales de venta, mediante la creación de una tienda online para la venta de productos y servicios
    • Emprender un negocio digital que comprenda la creación de una tienda digital.
    • Adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta on-line.
    • La mejora de herramientas de software de comercio electrónico ya implantadas o su sustitución por otras nuevas.
  • Marketing digital: cuando se realice alguna de estas actuaciones:
    • Plan personalizado de marketing con acciones y estrategias publicitarias o comerciales a ejecutar en los medios y canales de internet.
    • Fomento y mejora de la presencia y el posicionamiento online.
  • Portal web de comercio electrónico: Inserción en marketplaces.

¿Qué gastos son subvencionables en estas ayudas?

  • Gastos de consultoría. La prestación del servicio de asesoramiento especializado en comercio electrónico o marketing digital.
  • Gastos de desarrollo web.
  • Equipos para procesos de información y aplicaciones informáticas. Siempre que impliquen una nueva funcionalidad.
  • Gastos de inscripción de la empresa en el portal de comercio electrónico

Serán beneficiarios de estas ayudas:

  • PYMES que tengan centro de trabajo en Castilla-La Mancha, excluidas la que tengan su actividad en el Sector Artesano.

Periodo subvencionable:

El plazo de ejecución de los proyectos objeto de subvención tendrá una duración máxima de diez meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión.

Importe subvencionable:

  • Línea 1 - Comercio Electrónico y Negocio Digital: un 70% de inversión subvencionable. Se podrá incrementar un 20% cuando sea un municipio incluido en ITI o en zonas consideradas prioritarias.
  • Línea 2 – Transformación Digital de la Industria manufacturera: un 70% de inversión subvencionable en concepto de costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes.

En concepto de inversiones materiales o inmateriales: 45% si el beneficiario es microempresa o pequeña empresa, y un 35% si es mediana empresa.

Se podrá incrementar un 20% cuando sea un municipio incluido en ITI o en zonas consideradas prioritarias.

 

Los proyectos subvencionables no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 3.000 euros.

La cuantía de esta ayuda será de hasta un 70% sobre la inversión subvencionable, siendo el máximo de subvención a conceder 10.000 euros.

El plazo de solicitud de estas ayudas se abrirá desde el 23 de octubre hasta el 15 de diciembre de 2021.

Plazo de resolución: seis meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes.

Requisitos:

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, y frente a la Seguridad Social.
  • Que el ejercicio de la actividad económica y las actuaciones e inversiones objeto de subvención se realicen dentro del territorio de Castilla-La Mancha.
  • No estar incursos en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • No estar incursos en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre.
  • No estar sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión.
  • No tener la consideración de empresa en crisis.
  • No haber sido sancionados en materia de prevención de riesgos laborales, por falta grave o muy grave, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

La solicitud será presentada de manera telemática a través del siguiente enlace:

https://www.jccm.es/tramitesygestiones/solicitud-de-subvenciones-adelante-inversion-para-el-fomento-de-la-inversion-y--0

Puedes acceder al documento completo de la Resolución, así como a la lista de empresas que pueden optar por actividades económicas esta ayuda en los archivos adjuntos a esta noticia.

Si tu empresa está interesada en acceder a estas ayudas, desde el servicio de FEDA INNOVACIÓN nos ponemos a tu disposición.

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