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PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA SPRL FRENTE A EXPOSICIÓN COVID-19. ACTUALIZACIÓN 20 ABRIL 2022

Miércoles, 20 Abril 2022

El Ministerio de Sanidad ha actualizado el documento “Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2” con fecha 20 de abril de 2022.

En el contexto epidemiológico y de inmunidad de la población, parece adecuado actualizar también la intervención de las empresas, a través de los servicios de prevención (SPRL), para reducir la transmisión, a la vez que se mantiene la protección a las personas vulnerables y así ir recuperando la normalidad en aquellos contextos en los que se estime que el balance riesgo beneficio pueda justificarlo.

La información y la formación continúan siendo fundamentales, así como la higiene personal, la higiene de los lugares de trabajo y la correcta ventilación de los lugares de trabajo y espacios interiores.

Cualquier toma de decisión sobre las medidas preventivas a adoptar en cada empresa deberá basarse en información recabada mediante la evaluación del riesgo de exposición.

En referencia a las medidas de protección personal en esta nueva actualización se establece:

En el entorno laboral y de manera general, no resultará preceptivo el uso de la mascarilla. La evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la actividad que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse, incluido el posible uso de mascarillas si así se derivara de la misma.

En el contexto epidemiológico y de inmunidad actual, se indica el uso obligatorio de la mascarilla en:

  • Trabajadores de centros, servicios y establecimientos sanitarios según el RD 1277/2003.
  • Trabajadores de centros socio-sanitarios.
  • Trabajadores de medios de transporte de personas.

Y el uso responsable de la mascarilla:

  • Personas trabajadoras de grupos vulnerables en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.
  • Personas trabajadoras relacionadas con ámbitos vulnerables, institucionalizadas o en domicilios.

Los servicios de prevención de riesgos laborales asesorarán al empresario y se debe recabar la opinión de responsables, mandos intermedios y representantes de las personas trabajadoras. En la evaluación de riesgos se tendrán en cuenta los siguientes elementos:

  • Ventilación adecuada.
  • Nivel de ocupación.
  • Mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 metros.
  • Tiempo de permanencia.
  • Condiciones de temperatura y humedad relativa.
  • Utilización de espacios comunes (vestuarios, comedores…)
  • Medios de transporte particular compartidos.
  • Existencia de personas vulnerables en el puesto de trabajo.

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