Hoy 21 de abril, se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha-DOCM, la Resolución de 17/04/2023, del Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, por la que se convocan ayudas para planes de igualdad en el año 2023, cuyo objeto es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a empresas y otras entidades de la región para elaborar y aprobar planes de igualdad en la propia entidad que favorezcan la disminución de las desigualdades en su empresa o entidad.
Entidades beneficiarias:
Entidades locales de Castilla-La Mancha, con menos de 50 personas trabajadoras, y aquellas entidades que no estén obligadas a contar con un plan de igualdad, que incluye a las empresas, las corporaciones de derecho público de alcance provincial o regional y las entidades sin ánimo de lucro, que cuenten, todas ellas, con una plantilla no inferior a 15 y con menos de 50 personas trabajadoras en su plantilla.
Se tendrá en cuenta la plantilla total de la empresa, cualquiera que sea el número de centros de trabajo de aquella y cualquiera que sea la forma de contratación laboral, incluidas las personas con contratos fijos discontinuos.
Conceptos subvencionables:
a) Gastos de personal propio o contratado dedicado directamente a la ejecución del proyecto subvencionable.
b) Gastos de consultoría y/o asistencia técnica, dedicado directamente a la ejecución del proyecto subvencionable.
A estos efectos, se entenderá que el gasto se ha realizado cuando se ha llevado a cabo la actividad subvencionada que origina el gasto y cuando éste ha sido efectivamente pagado entre el 1 de abril de 2023 y el 31 de marzo de 2024, excepto en caso de gastos de personal, en los que se admitirá el pago de los seguros sociales a cargo de la entidad y los justificantes de pago de las retenciones practicadas por el IRPF hasta el 30 de abril 2024.
En ningún caso serán subvencionables:
a) Los gastos de inversión.
b) El IVA deducible
Cuantía de las subvenciones:
Límite de subvención por proyecto 8.000 €.
Cumplimiento de condiciones y justificación de la subvención:
El plazo para la realización de la actividad, así como del cumplimiento de la finalidad y de las condiciones a las que la subvención estaba afecta, concluirá el 31 de marzo de 2024.
El plazo de justificación de la subvención concedida concluirá el 30 de abril de 2024.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Las entidades locales, entidades sin ánimo de lucro, corporaciones de derecho público y las empresas presentarán sus solicitudes únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido al efecto para cada línea en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https:// www.jccm.es).
Puedes descargar la convocatoria en el pie de esta noticia.