Informaros que, por una modificación de la disposición transitoria primera de la Orden ICT/370/2021, de 14 de abril, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 237/2000, de 18 de febrero, por el que se establecen las especificaciones técnicas que deben cumplir los vehículos especiales para el transporte terrestre de productos alimentarios a temperatura regulada y los procedimientos para el control de conformidad con las especificaciones, las unidades en servicio con antigüedad superior a 15 años en la fecha de entrada en vigor de esta orden, e inferior a 21, deberán someterse a un ensayo de verificación del coeficiente global de transmisión térmica K en una estación de ensayos cuando alcance una antigüedad de 21 años desde la fecha de fabricación del recinto isotermo, para renovar el correspondiente certificado de conformidad.
Los certificados de dichas unidades deben de tener una validez máxima que corresponda a los 21 años desde la fecha de fabricación del recinto isotermo.
Esta modificación entró en vigor el 13 de mayo de 2023.
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