Hoy, día 2 de octubre de 2023, se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, DOCM, la Resolución de 26/09/2023, del Instituto de Promoción Exterior de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas, al amparo de la Orden 139/2021, de 15 de septiembre, modificada por la Orden 139/2022, de 5 de julio, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas; las personas físicas que se encuentren en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA); las cooperativas; las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, las comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aun careciendo de personalidad jurídica, realicen las actividades subvencionables, excepto las fundaciones públicas y privadas, empresas u organismos públicos y las administraciones públicas. Podrán ser también beneficiarios los órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen protegidas, cualquiera que sea su forma jurídica, así como cuando se constituyan como asociaciones y fundaciones.
Las líneas 2 y 4 van destinadas a beneficiarios que estén incluidos en las actividades, en las secciones, divisiones, grupos y clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-09) que a continuación se relacionan:
a) En la sección C, las siguientes divisiones:
13- Industria textil.
14- Confección de prendas de vestir.
15- Industria del cuero y del calzado.
32- Otras industrias manufactureras, grupo 321, las siguientes clases:
3212.- Fabricación de artículos de joyería y artículos similares
3213.- Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares.
b) En la sección G, división 46, grupos 461, 462 y 464, las siguientes clases:
4616- Intermediarios del comercio de textiles, prendas de vestir, peletería, calzado y artículos de cuero.
4624- Comercio al por mayor de cueros y pieles.
4641- Comercio al por mayor de textiles.
4642- Comercio al por mayor de prendas de vestir y calzado.
Objeto
Subvenciones destinadas al desarrollo de planes individuales de internacionalización, tanto para empresas que se encuentran en fases iniciales como para empresas con exportaciones consolidadas.
Cuantía de la ayuda
El presupuesto total de los gastos financiables debe ser como mínimo los establecidos a continuación para cada línea:
a) Línea 1: Iniciación a la exportación: 2.500 euros (máx. 5.000 €).
b) Línea 2: Iniciación a la exportación sector moda: 2.500 euros (máx. 5.000 €).
c) Línea 3: Consolidación de la exportación: 4.000 euros (máx. 8.000 €).
d) Línea 4: Consolidación de la exportación sector moda: 4.000 euros (máx. 8.000 €).
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del 3 de octubre de 2023 (hasta el 2 de noviembre de 2023).
Periodo de ejecución
Desde el 1 de julio de 2023 hasta el 31 de mayo de 2024.
Presentación solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través de este formulario.
Resolución del procedimiento.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no podrá exceder de cuatro meses, a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la concesión de la subvención.
Gastos subvencionables.
- Traducción páginas web del español
- Creación páginas web de carácter internacional
- Campañas publicitarias internacionales en medios digitales
- Material promocional internacional en formato digital
- Acciones de promoción internacional a través de plataformas virtuales
- Acciones de promoción internacionales tales como ferias, exposiciones, promociones en punto de venta, degustaciones, demostraciones, desfiles, presentaciones en showrooms, jornadas técnicas, congresos, seminarios profesionales y similares
- Agendas comerciales para mercados exteriores
- Suscripciones a bases de datos de contactos internacionales
- Campañas promocionales y publicitarias en prensa, revistas, u otros medios en soporte físico, en mercados fuera de España
- Material promocional enfocado a mercados exteriores: elaboración, diseño, adaptación y edición de material promocional en soporte físico (catálogos, folletos, y carteles).
- Participación en licitaciones internacionales, convocadas oficialmente por organismos multilaterales o bilaterales o instituciones públicas extranjeras
- Viajes comerciales, de prospección y estudio y para visitar ferias y eventos
- Registro de patentes y modelos de utilidad ante entes internacionales oficiales
- Homologaciones y certificaciones ante organismos extranjeros, así como nacionales que permiten la comercialización en el exterior
- Registro de marcas ante organismos extranjeros, así como nacionales de carácter internacional
- Certificaciones con estándares internacionales en materia de Medio Ambiente y sostenibilidad: huellas de carbono, sistema de gestión ambiental, Ecoetiquetas, agricultura ecológica, declaraciones ambientales de productos, Wineries for Climate Protection (WfCP), evaluación del impacto ambiental, análisis de riesgos ambientales, ISO 14001.
- Evaluación de riesgos ambientales y sociales (Due Dilligence) en proyectos en el exterior.
- Certificaciones en Responsabilidad Social Corporativa y Compliance bajo estándares internacionales: SA 8000, ISO 26000, IQNET SR10, Planes de Igualdad, SGE21, Estándares IFC, Memorias de Sostenibilidad GRI, Informes No Financieros, Pacto Mundial, ODS Objetivos de Desarrollo Sostenible, SMETA (SEDEX), BSCI (AMFORI), ISO 19600, ISO 19601 Compliance Penal, ISO 37001 Antisoborno, Prevención de Blanqueo de Capitales y similares.
No se consideran gastos subvencionables:
- Los gastos financieros, reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, circulante, IVA y otros impuestos o tasas que sean susceptibles de recuperación o compensación.
- Los gastos bancarios de cualquier tipo de operación.
- Los gastos de fabricación de los productos, etiqueta, envases, embalajes y similares.
- Los gastos de mantenimiento o continuado.
- Los gastos de personal.
- Los gastos realizados con anterioridad al plazo de ejecución a excepción de lo dispuesto en la disposición 8.3.
Criterios de valoración.
Línea 1: Iniciación a la exportación y Línea 2 Iniciación a la exportación sector moda.
Se valorará con un máximo de 100 puntos, con el siguiente desglose:
a) Capacidad económica. Para valorar este criterio se tendrá en cuenta haber obtenido resultados positivos en los últimos ejercicios cerrados. Se valorará con un máximo de 30 puntos con el siguiente desglose:
1º En cada uno de los dos últimos ejercicios: 10 puntos.
2º En cada uno de los tres últimos ejercicios: 20 puntos.
3º En cada uno de los cuatro últimos ejercicios: 30 puntos.
b) Participación, en los últimos 5 años, incluido el de la publicación de la convocatoria, en el Programa Ready, de IPEX y/o Programa ICEX NEXT, de ICEX, y/o Programa Expande, de Cámaras de Comercio. Se valorará con 30 puntos.
c) Disposición por parte de la empresa de página Web, se valorará con un máximo de 30 puntos con el siguiente desglose:
1º Web en español: 10 puntos.
2º Web en español e inglés: 20 puntos.
3º Web en español, inglés y otros idiomas: 30 puntos.
d) Si la empresa solicitante realiza su actividad económica en cualquiera de los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha, y que han sido establecidas en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha, se valorará con 10 puntos.”
Línea 3: Consolidación de la exportación y Línea 4 Consolidación de la exportación sector moda.
Se valorará con un máximo de 100 puntos, con el siguiente desglose:
a) Existencia en la empresa de un departamento de exportación propio o externo, formado por personal cualificado y especializado en internacionalización. Se valorará con un máximo de 40 puntos, con el siguiente desglose:
1º Departamento externo o departamento propio formado por una persona sin dedicación exclusiva al área de exportación: 10 puntos.
2º Departamento propio formado por una persona con dedicación exclusiva al área de exportación: 20 puntos.
3º Departamento propio formado por dos o más personas con dedicación exclusiva al área de exportación: 40 puntos.
b) Disposición por parte del solicitante de página Web. Se valorará con un máximo de 30 puntos, con el siguiente desglose:
1º Página Web en español: 10 puntos.
2º Página Web en español e inglés: 20 puntos.
3º Página Web en español, inglés y otros idiomas: 30 puntos.
c) Compromiso social y sostenibilidad. Se valorará que la empresa solicitante disponga de alguna certificación y/o plan en materia de sostenibilidad, igualdad de género (cuando no sea obligatorio), responsabilidad social corporativa, así como el compromiso demostrado con los objetivos de la Agenda 2030. Se valorará con 10 puntos cada certificado con un máximo de 20 puntos.
d) Si la empresa solicitante realiza su actividad económica en cualquiera de los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha, y que han sido establecidas en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio, de delimitación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha, se valorará con 10 puntos.