El Decreto 126/2022, de 20 de diciembre, tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones del programa "Captación del Talento", para la contratación indefinida, el inicio de la actividad emprendedora y la ayuda asociada a los gastos de traslado e instalación de personas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha.
La finalidad de este decreto es fijar población y luchar contra su pérdida en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, particularmente de la población joven, fomentando su contratación, su actividad emprendedora o su residencia habitual en dichas zonas, fijando población e impulsando la actividad económica y productiva en dichas zonas.
LÍNEA 1: SUBVENCIONES PARA LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
Esta línea de ayudas tiene como objeto subvencionar la contratación indefinida de personas trabajadoras cuando el puesto de trabajo se genere en alguna de las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha.
Serán subvencionables los contratos laborales por tiempo indefinido, que se formalicen con personas que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad y estén empadronados en alguna de las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha.
La jornada de los contratos de trabajo subvencionados será a tiempo completo o a tiempo parcial, siempre que esta última sea superior al 50% de la primera.
La cuantía de la subvención por la formalización de los contratos laborales a jornada completa, subvencionables al amparo de la presente línea, variará en función de la zona de ubicación del puesto de trabajo en Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto, con un máximo de 9.400 euros.
La contratación deberá realizarse con carácter previo a la presentación de la solicitud de la subvención.
LÍNEA 2: SUBVENCIONES PARA EL INICIO DE LA ACTIVIDAD EMPRENDEDORA
Esta línea de ayudas tiene como objeto subvencionar el inicio de la actividad emprendedora de aquellas personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, que la desarrollen en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha, con la finalidad de compensar los gastos de inicio de dicha actividad.
La cuantía de la subvención por el inicio de la actividad emprendedora, con las condiciones establecidas en el presente decreto, será de hasta 4.200 euros, variando en función de la zona de ubicación, conforme a los supuestos recogidos en el artículo 20 del Decreto.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta línea de subvención las personas físicas, que inicien una actividad económica como trabajadoras autónomas o por cuenta propia.
LÍNEA 3: BONO TALENTO RURAL
El Bono "Talento Rural" está destinado a sufragar los gastos asociados al traslado de residencia habitual a las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación de Castilla-La Mancha, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos para ello.
La cuantía máxima del “Bono Talento Rural” ascenderá, como máximo, a 4.000 euros por persona beneficiaria.
Podrán solicitar el Bono "Talento Rural" las personas físicas que estén en posesión de titulación universitaria, ciclos formativos o certificados de profesionalidad, que fijen su residencia habitual en las zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación.
Las personas beneficiarias deberán estar empadronadas y haber fijado su residencia habitual en alguna de las zonas establecidas.
Plazmbre de 2023.o de fin de presentación es el 14 de dicie