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OBLIGATORIEDAD DE REGISTRO DE PLANES DE IGUALDAD PARA PODER CONTRATAR EN EL SECTOR PÚBLICO.

Jueves, 22 Agosto 2024

OBLIGATORIEDAD DE REGISTRO DE PLANES DE IGUALDAD PARA PODER CONTRATAR EN EL SECTOR PÚBLICO.

 

El pasado 2 de agosto se publicó el en BOE, la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de hombres y mujeres.

Entre las numerosas modificaciones legislativas que ha introducido la norma, queremos destacar la del régimen aplicable a los planes de igualdad para su consideración en los procesos de licitaciones públicas.

Hasta la fecha las empresas que dieran ocupación a 50 más trabajadores estaban obligadas a tener un Plan de Igualdad para poder concurrir a licitaciones públicas. Pues bien, la Disposición Final Segunda de la precitada norma, establece que dichos planes de igualdad habrán de inscribirse

en el Registro Laboral Correspondiente; dicho registro es el REGCON (Registro de Convenios y  Acuerdos Colectivos de Trabajo).  

Por tanto desde el día 22 de agosto de 2024, las empresas obligadas a tener un Plan de Igualdad, para poder concurrir a procesos de contratación pública deberán también tener inscrito dicho Plan en el REGCON que según su ámbito territorial, le corresponda.         

 

Puedes descargar la Ley Orgánica 2/2024, en el documento adjunto que encontraras en la parte inferior de esta noticia.

 

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