El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha hecho pública en su página web la relación de transportistas autónomos a los que se les ha concedido las ayudas para el abandono de actividad, correspondiente al año 2024. El número de transportistas a los que se les han otorgado ayudas es de 321, siendo la cuantía otorgada por transportista de 30.000 €.
Asimismo, se incluye las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito (Anexo 2) y por incumplimiento de requisitos (Anexo 3), respectivamente, que puedes descargar en la parte inferior de esta noticia.
La resolución además de en el siguiente enlace, puedes descargarla en la parte inferior de esta noticia, junto con las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito (Anexo 2) y por incumplimiento de requisitos (Anexo 3).
Recordar a todos los beneficiarios de que tienen hasta el 21 DE OCTUBRE DE 2024 para presentar toda la documentación relacionada con el artículo 10 de la Orden FOM/3218/2009 de 17 de noviembre.
Documentación por aportar una vez concedida la subvención, para que pueda efectuarse el pago:
- Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte público y auxiliar y complementario del transporte en calidad de empresario.
- En su caso, declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el título o títulos de capacitación profesional en otra empresa de transporte.
- Certificado de baja de la autorización o autorizaciones expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente, en el que se especifique como motivo de la baja la renuncia al ejercicio futuro de la actividad.
- En caso de ser titular del correspondiente permiso de conducción, justificante de la renuncia definitiva al permiso de conducción válido para vehículos de transporte de mercancías de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción.