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Resolución 26/03/2025 – Convocatoria ayudas destinadas a impulsar y consolidar el comercio minorista, para el ejercicio 2025.

Miércoles, 02 Abril 2025

 

Se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla la Mancha de 2 de abril de 2025, la resolución 26/03/2025, por la que se convocan las ayudas destinadas a impulsar y consolidar el comercio minorista en de Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2025.

Bases reguladoras: la presente convocatoria trae base en la orden 93/2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a impulsar y consolidar el comercio minorista de Castilla-La Mancha.

Líneas de ayuda:

  • Línea para impulsar y consolidar el comercio minorista.
  • Línea para la promoción del comercio minorista.

Gastos subvencionables:

Dentro de la línea para impulsar y consolidar el comercio minorista, serán subvencionables los gastos recogidos en el artículo 12.1 de la Orden 93/2024:

  • Obras de renovación, ampliación y acondicionamiento del establecimiento comercial.
  • Inversiones para mejorar la eficiencia en el consumo energético y para garantizar la seguridad del establecimiento comercial.
  • Inversiones en rótulos comerciales.
  • Adquisición y montaje de mobiliario y equipamiento comercial.
  • Adquisición e instalación de equipamiento informático y tecnológico específico para la gestión empresarial.
  • Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial.
  • Creación de una tienda online, o adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta online, así como la sustitución de una tienda virtual con venta online por otra nueva o las mejoras de la misma.
  • Contratación de un Community Manager para la realización de actuaciones de posicionamiento SEO y SEM, campañas de marketing online y gestión de perfiles en redes sociales.
  • Integración en portales web o Marketplace en los que se promocione o realice comercio electrónico o venta online.

La cuantía de la subvención:  que podrá concederse, será el 70 por ciento del gasto que se considere subvencionable.

Beneficiarios:

  • En la línea de ayuda para impulsar y consolidar el comercio minorista: las personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o de entidad carente de personalidad jurídica, que desarrollen una o varias actividades comerciales minoristas incluidas en alguno de los epígrafes del IAE recogidos en el anexo.

Plazo de ejecución:

  • El plazo de ejecución de los gastos se iniciará con la presentación de la solicitud, finalizando en la fecha en que se determine en la resolución individual de concesión de la ayuda.

          La finalización del plazo de ejecución determinado en la resolución individual de la concesión de la ayuda, en ningún caso podrá ser superior a 4 meses, contados desde la fecha en la que se dicte la resolución.

Forma y plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria (03/04/2025) y de su extracto en el DOCM.

El importe total de los gastos subvencionablesIVA excluido, será superior a 1.000 euros e inferior a 10.000 euros.

El procedimiento de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Puedes consultar la convocatoria y las bases reguladoras en el documento adjunto al final de esta noticia.

 

 

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