En la presente norma y con el fin de dar salida a los activos inmobiliarios de las entidades bancarias se prevé la constitución de sociedades de capital a las que las entidades de crédito deben aportar todos los inmuebles adjudicados o recibidos en pago de deudas relacionadas con la promoción inmobiliaria.
También el presente Real Decreto‐Ley, con el objeto de estimular la venta de los activos inmobiliarios, introduce una exención parcial de las rentas derivadas de la transmisión de bienes inmuebles urbanos que se adquieran desde la entrada en vigor del presente Real Decreto‐Ley hasta el próximo 31 de diciembre de 2012 cuando se cumplan determinados requisitos.
El presente Real Decreto‐Ley modera los aranceles notariales y registrales que sean de aplicación en los traspasos de activos inmobiliarios como consecuencia de operaciones de saneamiento y reestructuración de entidades financieras.