Comunicado Agencia Tributaria
Motivado, sin duda, por los problemas de interpretación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio la Agencia Tributaria ha emitido un comunicado en el día de ayer, intentando precisar o aclarar algunas de las dudas o cuestiones más discutidas del mencionado Real Decreto-ley.
En lo referente al sector la construcción, y en relación a la enorme polémica que se había suscitado en torno a la fecha del cambio del tipo impositivo del IVA aplicable a la primera entrega de viviendas, la Agencia Tributaria ha, en definitiva, ratificado en el último párrafo del escrito que te adjunto, lo siguiente:
“El tipo impositivo aplicable a la entrega de edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitanconjuntamente con los mismos se mantiene en el 4% hasta el 31 de diciembre de 2012. (Disposición Transitoria cuarta del Real Decreto-ley9/2011, de 19 de agosto -BOE 20 de agosto-, modificada por Disposición finalquinta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre -BOE 31 dediciembre-)”.
En otro orden de cosas, el documento aclara en relación al Impuesto sobre Sociedades cuáles son las novedades aplicables exclusivamente en los años 2012 y 2013, cuáles son las novedades también de carácter temporal aplicables a los pagos fraccionados correspondientes a esos años pero cuyo periodo de ingreso se inicie a partir del 15 de julio (fecha de la entrada en vigor del citado Real Decreto-ley), cuáles son las que se incorporan ya con carácter indefinido a nuestra legislación aplicables a partir del 1 de enero de 2012 y otras novedades temporales aplicables a partir del 15 de julio.