Con fecha de 14/06/2016 se ha publicado la Resolución de 08/06/2016, de la Dirección General de Trabajo, Formación y Seguridad Laboral por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para promover inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción.
Las bases reguladoras por las que se rige la convocatoria están previstas en la Orden de 20/04/2016, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para promover inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción (DOCM nº 85 de 3 de mayo de 2016).
Podrán ser beneficiarios las pequeñas y medianas empresas que se dediquen a la actividad económica de construcción.
Requisitos:
- Que cuenten, al menos, con un 50% de trabajadores en alta en un Código de Cuenta de Cotización de Castilla-La Mancha, en el año anterior a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
- Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, estatales y autonómicas, con la Seguridad Social y de reintegro de subvenciones.
- Que cuenten con un Plan de prevención de riesgos laborales.
- Que no hayan sido sancionadas, en virtud de resolución o sentencia judicial firmes, por infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
- Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Que no se encuentren incursos, la persona física solicitante, los administradores de las sociedades mercantiles, o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas físicas, en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
Objeto e inversiones subvencionables: las inversiones destinadas a mejorar las condiciones de seguridad laboral en el sector de la construcción realizadas por las empresas para la adquisición de los elementos auxiliares de obra y equipos siguientes:
- Andamios de fachada de componentes prefabricados.
- Redes de seguridad.
- Sistemas provisionales de protección de borde.
- Plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP).
- Dispositivos de protección contra caídas en altura.
Las inversiones subvencionables deberán ejecutarse en el período comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud de subvención y el 30 de noviembre de 2016.
La cuantía de la subvención asciende al 35% del coste de las inversiones subvencionadas, con un máximo de 10.000 euros por beneficiario.
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo que figura en el Anexo I de la Resolución, y se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto entre el 15 de junio y el 1 de julio de 2016.
Puedes ampliar información, en los archivos adjuntos de la Resolución de 08/06/2016 (DOCM 14/06/2016) y la Orden de 20/04/2016 (DOCM 3/05/2016).