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Publicada convocatoria del Programa Innova- Adelante

Jueves, 04 Agosto 2016

La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha publicado hoy la Resolución 29/07/2016, de la Dirección General de Empresas, Competitividad e Internacionalización, por la que se aprueba para el ejercicio 2016 la convocatoria de las ayudas del Programa Innova- Adelante en Castilla- La Mancha, cofinanciado en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional. Este programa tiene como objetivo promover la innovación en las empresas de Castilla-La Mancha y mejorar por tanto su capacidad competitiva.

BENEFICIARIOS

a) En la Línea de apoyo a la innovación empresarial: las pymes para todos los proyectos, y las grandes empresas exclusivamente para los proyectos de desarrollo experimental.
b) En la Línea Innova- joven: las microempresas y pequeñas empresas constituidas como máximo en los cuatro años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
c) En la Línea Colabora- Adelante: las agrupaciones de pymes para todos los proyectos, y las agrupaciones de pymes y grandes empresas, exclusivamente para los proyectos de desarrollo experimental en cooperación.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Para los proyectos de desarrollo experimental:

a) Costes de personal: los costes correspondientes al personal técnico directamente involucrado en la ejecución del proyecto subvencionado.

b) Activos inmateriales: los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

c) Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

d) Colaboraciones externas: los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

Para los estudios de viabilidad que impliquen la evaluación y el análisis del potencial de los proyectos de desarrollo experimental, sólo serán subvencionables los costes relativos a Colaboraciones Externas, derivados de los estudios realizados.

Para los proyectos de innovación en materia de procesos y organización sólo podrán ser subvencionables los gastos contemplados en:

a) Costes de personal: los costes correspondientes al personal técnico directamente involucrado en la ejecución del proyecto subvencionado.

b) Activos inmateriales: los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes adquiridos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.

c) Costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.

Para los proyectos de servicios de consultoría, asesoramiento y apoyo a la innovación en favor de las pymes, sólo podrán ser subvencionables los costes relativos a Colaboraciones Externas con las especificaciones señaladas en el artículo 10.2.d) de la Orden de Bases Reguladoras.

PLAZO DE PRESENTACIÓN

2 meses a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria: 4 de octubre de 2016

Puedes descargar el documento completo de la convocatoria en el archivo adjunto a esta noticia.

 

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