El nuevo Real Decreto 39/2017 modifica el Real Decreto 102/2011, relativo a la mejora de la calidad del aire, e incorpora al derecho nacional la Directiva 2015/1480, que establece las normas relativas a los métodos de referencia, la validación de datos y la ubicación de los puntos de muestreo para la evaluación de la calidad del aire ambiente.
Las principales modificaciones que comporta este Real Decreto se refieren a:
- Los objetivos de calidad de los datos relativos al benzo(a)pireno, arsénico, cadmio y níquel, hidrocarburos aromáticos policíclicos (HAP) distintos del benzo(a)pireno, mercurio gaseoso total y depósitos totales.
- Garantizar la adecuada evaluación de la calidad del aire ambiente en lo que respecta al dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, monóxido de carbono, benceno, partículas y plomo, así como la microimplantación de los puntos de medición de dichos contaminantes.
- Regular los requisitos para la documentación y reevaluación de la elección de los emplazamientos.
- Los métodos de referencia para la evaluación de las concentraciones de dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno y óxidos de nitrógeno, partículas (PM10 y PM2,5), plomo, benceno, monóxido de carbono y ozono, arsénico, cadmio, mercurio, níquel e HAP; normalización e informes de ensayo, los criterios de determinación del número mínimo de puntos para la medición fija de las concentraciones de ozono, la rectificación de la necesidad de determinación de mercurio particulado y de mercurio gaseoso divalente.
- El establecimiento de las bases para el futuro desarrollo reglamentario de un índice de calidad del aire nacional.
Puedes descargar el Real Decreto en el archivo adjunto a esta noticia.