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PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO. CONVOCATORIA 2017

Lunes, 27 Marzo 2017

El Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha del año 2017 regula el Decreto 81/2016 de 27/12/2016 por el que se modifica el Decreto 213/2015 de 27/10/2015 en el que se aprueba el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha.

El  presente decreto aprueba el Plan Extraordinario por el Empleo en Castilla-La Mancha, regulando un conjunto de programas de formación y de empleo, de carácter urgente y extraordinario, para atender de forma inmediata a las situaciones de emergencia de nuestro mercado de trabajo, a fin de ofrecer oportunidades ciertas e inmediatas de empleo y formación a personas desempleadas de la región.

Las ayudas económicas a partir de 5.140 €, pudiendo ser superiores en algunos colectivos específicos. 

El plazo máximo de presentación de solicitudes será hasta el 31 de octubre, para contrataciones realizadas hasta el 30 de septiembre de 2017.

Ayudas para la formalización de contratos para la formación y el aprendizaje

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles, y las entidades sin ánimo de lucro que realicen contratos para la formación y el aprendizaje con las condiciones establecidas en la convocatoria.

Son subvencionables la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje cuyo puesto de trabajo se genere en Castilla-La Mancha y para:

  1. Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritos y en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
  2. Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, no inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que, pero que reuniendo los requisitos para ser beneficiarios de dicho sistema, hayan solicitado su inclusión en el mismo con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
  3. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
  4. Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha.
  5. Trabajadores/as en riesgo de exclusión social, avalados/as con informe de los Servicios Sociales competentes.

Se subvencionan los contratos para la formación y el aprendizaje durante un periodo de un año.

Se subvencionará la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje con 5.140 euros.

Ayudas para la formalización de contratos en prácticas “contratos puente”

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que contraten a alguno de los siguiente colectivos:

a) Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritos y en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.       
b) Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, no inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan solicitado su inclusión en el mismo con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
c) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
d) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. e) Trabajadores/as en riesgo de exclusión social.

El contrato debe suscribirse con jóvenes que estén en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.

La subvención es de 5.140,00 euros por contrato.

Ayudas para la formalización de contratos de Relevo.

Ayudas para la formalización de contratos de relevo. Su objeto es propiciar el relevo generacional en las empresas de la región.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que contraten a alguno de los siguientes colectivos:

  1. a) Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritos y en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
    b) Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, no inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan solicitado su inclusión en el mismo con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
    c) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
    d) Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    e) Trabajadores/as en riesgo de exclusión social.

El contrato debe realizarse a jornada completa, con una duración mínima de 6 meses y hasta 12 meses, y debe ajustarse a lo dispuesto por el artículo 12.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

La subvención es de 5.140,00 euros por contrato.

Ayuda por transformación en indefinido de contratos para la formación y el aprendizaje, de prácticas, de relevo y de trabajadores en proceso de inserción.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que contraten a alguno de los siguientes colectivos:

  1. Jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritos y en situación de beneficiarios en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  2. Jóvenes mayores de 16 y menores de 30, no inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil que hayan solicitado su inclusión en el mismo con fecha anterior al inicio de la relación laboral.
  3. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
  4. Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  5. Trabajadores/as en riesgo de exclusión social.

La transformación se lleva a cabo con personas que tienen suscrito un contrato temporal de formación, en prácticas, de relevo o trabajadores en procesos de inserción en empresas de inserción.

La subvención es de 5.300,00 euros.

 La cuantía de la ayuda se incrementará en 700,00 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

  1. a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.
    b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
    c) Trabajadores/as que hayan finalizado contratos ligados a procesos de inserción en empresas de inserción.
    d) Que la contratación constituya la primera por tiempo indefinido que realiza un/a trabajador/a autónomo/a.
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