El día 24 de septiembre se ha publicado en el DOCM el Decreto 96/2021, de 23 de septiembre, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se establecen medidas de prevención y control necesarias para contener la propagación del COVID-19.
Dichas medidas son las siguientes:
Ámbito de aplicación y alcance.
Las medidas previstas en este decreto serán de aplicación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Todos los ciudadanos deberán:
a) Adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad de la COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos.
b) Guardar la distancia de seguridad interpersonal establecida en la normativa vigente. Siempre que no pueda mantenerse la distancia de seguridad mínima será obligatorio el uso de mascarilla.
Los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público el aforo máximo.
Se considerará, a efectos de este decreto, eventos multitudinarios aquellas actividades o espectáculos no ordinarios que cuenten con la participación de más de 1000 asistentes, impliquen aglomeración de personas, se celebren en espacio acotado, ya sean en establecimiento, recintos, locales o similares, tanto al aire libre como en interiores y dispongan de una organización que permita la aplicación de medidas de control de la transmisión de virus respiratorios.