Decreto 24/2020 JCCM sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Medidas de higiene y prevención en piscinas de uso colectivo.
Medidas de higiene y prevención en piscinas de uso colectivo:
- Las piscinas públicas, privadas o privadas de uso comunitario deberán cumplir los aforos y las medidas higiénicas generales, y en particular las establecidas en los apartados 3 y 4 del artículo 5.
- Se indicará en el exterior el aforo permitido.
- Sin perjuicio de la aplicación de las normas técnico-sanitarias vigentes, en las piscinas de uso colectivo deberá llevarse a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como vestuarios y baños con carácter previo a la apertura de cada jornada.
- Las piscinas exteriores de aguas naturales deberán cumplir los aforos y medidas higiénicas necesarias.
En el enlace que se encuentra en la parte inferior de esta noticia encontrarás el Decreto 24/2020 JCCM.