La Delegación Provincial de Sanidad de Albacete, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Albacete, ha decretado mediante Resolución de fecha 22 de diciembre la aplicación de medidas especiales de Nivel 3 en la localidad de Albacete.
Todas las medidas reflejadas a continuación se aplicarán durante 10 días, pudiendo prorrogarse en función de la evolución epidemiológica de la enfermedad.
Locales de ocio
- Cierre de hogares del jubilado y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
- Suspensión de la actividad en el interior del local en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería, así como salas de bingo, casinos, salones recreativos y casas de apuestas en los que exista servicio de hostelería.
Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que presente servicios esenciales tales como:
- Servicios de hostelería y restauración en hospitales y clínicas para uso de usuarios y profesionales.
- Servicios de hostelería y restauración en hoteles, para uso exclusivo de clientes alojados en los mismos.
- Servicios de hostelería y restauración en empresas para uso exclusivo de los empleados.
En estos supuestos queda suspendido el servicio de barra y su aforo máximo se establece en 1/3 del habitual.
Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del número máximo de mesas manteniendo el resto de medidas en cuanto a distancia de seguridad.
Igualmente se prohíbe el servicio a personas que no se encuentren sentadas en mesas de las terrazas.
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, bautizos y comuniones limitarán su aforo a 60 personas en espacio abierto. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas.
En establecimientos tales como salas de bingo, casinos, salones recreativos y similares, en los que no exista servicio de hostelería se limitará el aforo al 30% del establecido.
Cierre de bares, pubs, cafeterías, restaurantes y similares a las 23,00 horas.
Centros Socio-Sanitarios
- Suspensión de la actividad en Centros de Día de personas mayores y discapacitados, viviendas tuteladas y centros residenciales sociosanitarios.
- Suspensión de visitas sociales en residencias y viviendas tuteladas de mayores, viviendas tuteladas y centros residenciales sociosanitarios, así como limitación de salidas salvo fuerza mayor. A su regreso deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Sí se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de las medidas especiales ejn el municipio (es decir, no podrá retornar al centro mientras dichas medidas se encuentren en vigor) y previo la realización de pruebas diagnósticas.
Actividades Religiosas
- Lugares de culto en espacios cerrados: 40% aforo
- Lugares de culto al aire libre: Máximo 100 personas.
- Velatorios y cortejos fúnebres: Máximo 6 personas.
Consumo de Alcohol
-Prohibición total de consumo de alcohol en la vía pública.
Medidas complementarias
-Suspensión de actividades colectivas de ocio, espectáculos y otros eventos que pudieran suponer la concentración de personas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el número de 6 personas.
- Podrán celebrarse competiciones deportivas no federadas siempre que no se superen las 6 personas. Las competiciones federadas podrán celebrarse sin público.
- Visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural, grupos máximo de 6 personas.
-Academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada: Limitación de aforo al 50% del habitual.
- Cierre de piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo independientemente de su titularidad.
-Las piscinas comunitarias de edificios no podrán superara el 25% de su capacidad.
- Cierre de parques y jardines desde las 22 a las 8 horas.
- Instalaciones deportivas de cualquier titularidad: Aforó máximo del 20% en espacios interiores y 50% en espacios exteriores.
- Cierre de Cines, teatros, auditorios, bibliotecas y museos.
- Se podrán celebrar congresos, seminarios y actividades de índole similar siempre que no se supere el número máximo de 6 personas.
- Hoteles: Sólo podrán contratar el 50% de su capacidad. En zonas comunes el aforo se limita al 25%.
- Mercadillos: Reducción a 1/3 del número de puestos previamente establecidos y una distancia de 4 metros ente los puestos.
- Tiendas, Comercios, Supermercados y Centros Comerciales: Limitarán su aforo a 1/3 del aforo máximo permitido.
- Transporte. Se limita al 50% la ocupación de autobuses urbanos y taxis.