Ampliación extraordinaria del plazo de ejecución y justificación de los proyectos financiados por la Secretaría General de Industria y de la PYME (disposición adicional primera)
Previa instancia de solicitud del beneficiario, y únicamente admitiéndose con fundamento en causas sobrevenidas directamente como consecuencia de la crisis del COVID-19, se amplía el plazo de ejecución de la actividad, sí como de la justificación y comprobación de la ejecución, de los procedimientos de concesión de apoyo a proyectos industriales competencia de la Secretaría General de Industria y de la PYME que ya hayan sido objeto de una ampliación ordinaria y que se efectúen antes de la finalización del plazo de ejecución del proyecto. Se condiciona a su vez a que las empresas estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, no tenga deudas por reintegro de ayudas o reembolso de préstamos con la Administración y haya cumplido sus obligaciones de presentación de cuentas en el Registro Mercantil o en el Registro de Cooperativas.
Ampliación del plazo de suspensión de pagos y devengos de préstamos Emprendetur de la Secretaría de Estado de Turismo (disposición adicional segunda).
Se amplía durante un año adicional la suspensión del pago de intereses y amortizaciones correspondientes a préstamos Emprendetur prevista en el art. 41 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.
Admisión de modificaciones del cuadro de amortización de préstamos a proyectos industriales otorgados por la Secretaría General de Industria y de la PYME (disposición final cuarta)
-Previa solicitud de los beneficiarios en el plazo de dos años y medio contados desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo y siempre que se justifiquen períodos de inactividad del beneficiario, reducción en el volumen de sus ventas o interrupciones en el suministro de valor. A la solicitud se acompañará una memoria justificativa que motive adecuadamente la dificultad de atender al calendario de pagos y una memoria técnica y económica en caso de inversiones realizadas con cargo al préstamo.
-Las modificaciones podrán consistir en un aumento del plazo máximo de amortización, un aumento del plazo de carencia si aún no se hubiera producido el primer vencimiento de alguna cuota de principal u otras modificaciones que respeten los niveles máximos de intensidad de ayuda y riesgo del momento de la concesión.
Documento completo BOE y listado CNAES, en el enlace parte inferior de esta noticia.