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Programa Adelante Comercialización- para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización de las empresas de Castilla-La Mancha

Jueves, 04 Agosto 2022

Hoy, día 4 de agosto se han publicado en el DOCM las nuevas bases reguladoras de las ayudas para el fortalecimiento de la capacidad de comercialización de las empresas de Castilla-La Mancha.

A continuación, os proporcionamos información adicional de estas nuevas bases reguladoras para vuestro interés:

  1. PROYECTOS SUBVENCIONABLES

          A) La participación de las pymes beneficiarias como expositor con stand propio en ferias comerciales que se celebren dentro del territorio nacional para la promoción de sus productos o servicios.

          B) La apertura de nuevos mercados o la mejora de la comercialización de sus productos o servicios mediante las actuaciones de promoción que se relacionan:

  • La realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias.
  • La elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.
  • La realización de campañas publicitarias.
  • El diseño y la elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos.
  • La celebración de eventos de duración limitada, organizados por la empresa solicitante, para exponer sus bienes y ofertar sus servicios, favoreciendo su conocimiento y difusión, así como para promover contactos e intercambios comerciales, y acercar la oferta a la demanda.

 

  1. BENEFICIARIOS
  • Pymes, excluidos aquellos proyectos presentados por artesanos/as y empresas artesanas, e igualmente no serán subvencionables los costes del proyecto que esté relacionado única y exclusivamente con la exportación.

 

  1. ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Dentro de cada línea serán subvencionables las siguientes actuaciones:

Participación de las pymes como expositor con stand propio en ferias comerciales del territorio nacional:

  • Canon del suelo o superficie a ocupar y suministros asociados que facture la institución ferial.
  • Construcción del stand y/o gastos de decoración del mismo, incluido el desmontaje.
  • Alquiler de mobiliario.
  • Transporte de mercancías al recinto ferial.
  • Intérpretes.
  • Inserción en el catálogo oficial de la feria.
  • Gastos de personal contratado externo (azafatas/os, seguridad, etc.).
  • Gastos de desplazamiento y alojamiento (de una persona por empresa o entidad).

Apertura de nuevos mercados:

  • Costes de consultoría para la realización de estudios de mercado y de prospección de nuevas tendencias.
  • Costes de consultoría para la elaboración de planes de marketing que contemplen una nueva estrategia comercial.
  • Costes de realización de campañas publicitarias.
  • Costes de diseño y elaboración del prototipo de muestrario para el lanzamiento de nuevos productos.
  • Los costes asociados a la realización del evento promocional.

 

  1. CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

Proyectos A) La cuantía de la ayuda no excederá del 50 % de los costes subvencionables, incrementándose la ayuda en un 20% según la localización del proyecto, con un máximo de 4.500 euros.

Proyectos B) La cuantía de la ayuda no excederá del 50 % de los costes subvencionables, incrementándose la ayuda en un 20% según la localización del proyecto.

       En estos proyectos del apartado B), el máximo de subvención a conceder por concepto será el siguiente:

  • 1 y 2- Para los costes de consultoría, 3.500 euros.
  • 3- Para los costes de realización de campañas publicitarias, 10.000 euros.
  • 4- Para los costes de diseño y elaboración del prototipo de muestrario, 10.000 euros.
  • 5- Para los costes del evento promocional, 4.500 euros.

 

     5. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución de los proyectos objeto de subvención tendrá una duración máxima de un año.

 

   6. PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta  el inicio del plazo de presentación de solicitudes de la siguiente convocatoria. 

 

7. PLAZO DE RESOLUCIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses, a contar desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender desestimada, por silencio administrativo, la concesión de la subvención. 

 

8. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (SOLICITUD DE SUBVENCION PARA EL CRECIMIENTO EN MERCADOS NACIONALES Y PARA LA MEJORA DE LA POSICION COMPETITIVA DE LAS PYMES MPC 2022 | Sede Electrónica (jccm.es)).

Para cualquier duda o consulta, contacta con nuestro Servicio de Apoyo a la Inversión de FEDA

 

Puedes descargarte la convocatoria en la parte inferior de esta noticia. 

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