Se ha publicado la Resolución de 04/08/2022, de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, por la que se realiza la convocatoria para el año 2022 de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Objeto:
Concesión en régimen de concurrencia competitiva de ayudas para la realización de tratamientos selvícolas.
Destinatarios:
Entidades locales, las personas físicas o personas jurídicas, públicas o privadas, o sus asociaciones ya sean titulares de derechos reales de propiedad, de posesión o de usufructo de los montes y superficies forestales incluidos en el ámbito de aplicación de la Orden 140/2022.
No podrán solicitar estas ayudas las comunidades de bienes, ni los organismos de la Administración General del Estado, ni de las Comunidades Autónomas, así como las sociedades participadas en al menos un 50% por alguno de los organismos de las Administraciones mencionadas.
Bases reguladoras:
Orden 140/2022, de 11 de julio, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la ejecución de tratamientos selvícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.
Requisitos:
Montes y superficies forestales que cumplan los siguientes requisitos:
- Estar ubicados en Castilla-La Mancha en terrenos forestales, calificados en el Sigpac con las claves FO (forestal), PR (pasto arbustivo) y PA (pasto con arbolado).
- Llevar a cabo actuaciones sobre una superficie igual o superior a 10 ha.
- Para el caso de explotaciones forestales con una superficie superior a 100 ha, disponer de instrumento de gestión forestal sostenible vigente o presentado ante la Administración Forestal competente en el momento de la publicación de la convocatoria de la ayuda, y aprobado antes de la resolución de la misma.
- Para el caso de masas creadas con ayudas a la forestación de tierras agrarias o agrícolas, que hayan pasado al menos 15 años desde la última certificación de implantación hasta la publicación de la convocatoria de la ayuda.
Importe:
Previsto un crédito de 20.000.000 euros con cargo a los presupuestos de los ejercicios 2023 a 2025.
El cálculo del importe de las actuaciones subvencionables se realizará conforme a los módulos de cálculo incluidos en el anexo I de la orden de bases, por lo que las personas solicitantes deberán basarse en los mismos para formalizar la solicitud de ayuda.
La intensidad de la ayuda será del 100% del coste total subvencionable justificado.
El importe máximo subvencionable por hectárea de actuación será de 2.700 euros.
Se establece una ayuda máxima de 40.000 euros por persona beneficiaria.
Criterios:
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con los criterios de selección establecidos en el artículo 9 de la orden de bases reguladoras.
Plazo de presentación de solicitudes:
Desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha hasta el 30 de septiembre del mismo año (del 12 de agosto al 30 de septiembre – 2022).
Lugar de presentación:
De forma telemática mediante firma electrónica a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En la parte inferior de esta noticia puedes descargarte el texto de la Resolución completa.