Han sido publicadas en el BOE las ayudas de financiación para la Reindustrialización y Fomento de la Competitividad Industrial, con el objetivo de favorecer el Impulso de la Mejora Empresarial y la Eficiencia de los Sectores Productivos en todo el Territorio Nacional, incorporando Tecnologías Avanzadas en productos y procesos, creando empleo cualificado y potenciando la base exportadora de nuestros productos industriales.
Objeto:
- Creación de Establecimientos Industriales: Inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.
- Traslado: Cambio de Localización de una actividad de producción previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
- Ampliaciones de la capacidad productiva en centros de producción existentes a través de la Implantación de Nuevas Líneas de Producción.
- Mejoras y/o Modificaciones de líneas de producción previamente existentes.
Destinatarios:
Podrán solicitar estas ayudas las sociedades que no formen parte del Sector Público y desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva, encuadradas en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).
Requisitos:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, de sus obligaciones tributarias, y frente a la Seguridad Social.
- Declaración responsable de no tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración
- Declaración responsable de estar al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los PGE.
- Declaración responsable de que entre los gastos para los que se solicita financiación no existen operaciones con personas o entidades vinculadas al solicitante
Cuantía y Modelo de Ayuda:
- El importe de la financiación a conceder será del 75% sobre el presupuesto financiable.
- La modalidad de esta ayuda financiera será a través de Préstamo Reembolsable, 10 años de amortización anual, 3 años de carencia, tipo de interés competitivo respecto al mercado.
- Constitución de Garantía del 10% de la Ayuda ante la Caja General de Depósitos.
Plazo Realización de las Actuaciones.
Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el 1 de enero del año de la correspondiente convocatoria y hasta un plazo máximo de dieciocho meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
Plazo de presentación de solicitudes: Abierto hasta el 17 de Julio del 2017
Puedes acceder al documento completo de la Resolución en el archivo adjunto a esta noticia.
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Archivo adjunto. Memoria resolución BOE.