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BOLETIN SEMANAL “DICI AL DÍA” ÁMBITO SOCIEDAD DIGITAL, SEMANA del 18 al 22 de septiembre.

En esta noticia se incluye la edición semanal semana del 18 al 22 de septiembre “DICI Al Día” correspondiente al ámbito de Sociedad Digital.

 

BOLETIN SEMANAL “DICI AL DÍA” ÁMBITO SOCIEDAD DIGITAL, SEMANA del 11 al 15 de septiembre.

En esta noticia se incluye la edición semanal semana del 11 al 15 de septiembre “DICI Al Día” correspondiente al ámbito de Sociedad Digital.

El Real Decreto-ley 5/2023, de 28de junio, ha aprobado una nueva ayuda extraordinaria y temporal para sufragar el precio de determinados productos energéticos para las empresas de transporte por carretera que no se beneficien de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos por el gasóleo de uso profesional.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha hecho pública en su página web la relación de transportistas autónomos a los que se les ha concedido las ayudas para el abandono de actividad, correspondiente al año 2023. El número de transportistas a los que se les han otorgado ayudas es de 320 , siendo la cuantía otorgada de 30.000 €. 

Asimismo, se incluye las solicitudes desestimadas por agotamiento de crédito (Anexo 2) y por incumplimiento de requisitos (Anexo 3), respectivamente. 

La resolución podrán encontrarla adjunta a esta circular y en el siguiente enlace: 

https://cdn.mitma.gob.es/portal-web-drupal/sede_electronica/documentos/2023_resolucion_otorgamiento_abandono.f.pdf 

Recordar a todos los beneficiarios de que tienen hasta el 20 DE OCTUBRE DE 2023 para presentar toda la documentación relacionada con el artículo 10 de la Orden FOM/3218/2009 de 17 de noviembre. 

Documentación por aportar una vez concedida la subvención, para que pueda efectuarse el pago: 

  1. Declaración responsable comprometiéndose al abandono definitivo de la actividad de transporte público y auxiliar y complementaria del transporte en calidad de empresario. 

       2.En su caso, declaración responsable comprometiéndose a no utilizar el título o títulos de capacitación profesional en otra empresa de transporte. 

      3.Certificado de baja de la autorización o autorizaciones expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente, en el que se especifique como motivo de la baja a renuncia al ejercicio futuro de la actividad. 

     4.En caso de ser titular del correspondiente permiso de conducción, justificante de la renuncia definitiva al permiso de conducción válido para vehículos de transporte de mercancías de más de 3.500 kilogramos de masa máxima autorizada y/o autobuses o fotocopia compulsada del nuevo permiso de conducción.

 Puedes descargar la resolución en la parte inferior de esta noticia.

La Comisión Europea ha iniciado el trámite de revisión de la Directiva sobre pesos y dimensiones admitiendo comentarios sobre la propuesta hasta el 3 de noviembre (aquí) y probablemente seguirá ampliándose el plazo hasta que se traduzca la misma a todos los idiomas oficiales.

Adicionalmente desde el Consejo de Transporte de CEOE, del cual formamos parte, nos dan un plazo inicial de hasta el 29/09/2023 para recibir los comentarios que estimemos convenientes para poder elaborar un documento consensuado de posición del propio Consejo.

En la parte inferior de esta noticia, puedes descargar el texto original en ingles y traducción de apoyo al español (puede haber erratas).

 

BOLETIN SEMANAL “DICI AL DÍA” ÁMBITO SOCIEDAD DIGITAL, SEMANA del 4 al 8 de septiembre.

En esta noticia se incluye la edición semanal semana del 4 al 8 de septiembre “DICI Al Día” correspondiente al ámbito de Sociedad Digital.

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