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Medidas de apoyo financiero transitorio a las PYMES RD-Ley 7/2020: aplazamiento de deudas tributarias.

Lunes, 16 Marzo 2020

Con la finalidad de evitar posibles tensiones en tesorería que puedan experimentar las PYMES, se concederán aplazamientos de aquellas deudas que correspondan a declaraciones y liquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice el 30 de mayo de 2020. Esto es, la presente medida afectará a las declaraciones del primer trimestre y las declaraciones mensuales de febrero, marzo y abril, haciéndose extensible a las deudas tributarias por los siguientes conceptos:

-Deudas por retenciones o pagos a cuenta.

-Pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades.

-Deudas derivadas de tributos que deban ser legalmente repercutidos (IVA)

 

Si eximirá de aportar garantías para aquellas cuantías que no excedan de 30.000 € y las condiciones serán las siguientes:

-El plazo será de seis meses.

-No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

Por su parte, la AEAT ha publicado unas instrucciones provisionales en el siguiente enlace AEAT INSTRUCCIONES PROVICIONALES APLAZAMIENTO

 

 

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