+34 967 217 300  feda@feda.es

El día 24 de septiembre se ha publicado en el DOCM el Decreto 96/2021, de 23 de septiembre, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se establecen medidas de prevención y control necesarias para contener la propagación del COVID-19.

Dichas medidas son las siguientes:

 Ámbito de aplicación y alcance.

 Las medidas previstas en este decreto serán de aplicación en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Todos los ciudadanos deberán:

a) Adoptar las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad de la COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos.

b) Guardar la distancia de seguridad interpersonal establecida en la normativa vigente. Siempre que no pueda mantenerse la distancia de seguridad mínima será obligatorio el uso de mascarilla.

 Los establecimientos, instalaciones y locales deberán exponer al público el aforo máximo.

Se considerará, a efectos de este decreto, eventos multitudinarios aquellas actividades o espectáculos no ordinarios que cuenten con la participación de más de 1000 asistentes, impliquen aglomeración de personas, se celebren en espacio acotado, ya sean en establecimiento, recintos, locales o similares, tanto al aire libre como en interiores y dispongan de una organización que permita la aplicación de medidas de control de la transmisión de virus respiratorios.

En esta noticia se incluyen las licitaciones publicadas, entre los días 13 y 19 de septiembre, en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuyo ámbito geográfico se encuentra en Castilla-La Mancha. Son un total de 107 expedientes que suman una inversión de 94,0 millones de euros.

Con fecha de 16 de septiembre de 2021 se ha publicado en el DOCM la Orden 134/2021, de 8 de septiembre, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas contempladas en el Plan de apoyo a la implementación de la normativa de residuos financiado por la Unión  Europea-Next Generation EU, y en el Programa de Economía Circular y el Plan de Impulso al Medio Ambiente-PIMA residuos financiados con fondos estatales.

 La Orden tiene por objeto:

  • Mejorar la gestión de los residuos en la región y garantizar el cumplimiento de los nuevos objetivos comunitarios en materia de gestión de residuos municipales.
  • Contribuir a la consecución de los nuevos objetivos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales que se han fijado para tres nuevos horizontes temporales: objetivo del 55% en 2025, 60% en 2030 y 65% en 2035; que continúan con la senda marcada con el ya vigente del 50% en 2020.
  • Contribuir a la consecución del objetivo de reducción del vertido hasta un 10% del total de los residuos municipales generados en 2035.
  • Contribuir a la consecución de los objetivos de reciclado de envases y residuos de envases, globales y por materiales fijados para 2025 y 2030.
  • Fomentar las primeras opciones de la jerarquía de residuos y reducir el depósito en vertedero.
  • Reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y contribuir a la lucha contra el cambio climático.
  • Alargar la vida útil de algunos productos.
  • Incrementar la disponibilidad de materias primas secundarias para los procesos industriales y reducir el consumo de materias primas vírgenes.
  • Hacer un uso más eficiente de los recursos disponibles.

 

Bases reguladoras de concesión de ayudas a autónomos, microempresas y pequeñas empresas del sector comercio, hostelería y otros sectores de la ciudad de Albacete, afectados por la Covid-19.

Se ha publicado en el BOP de 17 de septiembre de 2021 la convocatoria y bases reguladoras de la concesión de ayudas a personas trabajadoras autónomas, microempresas y pequeñas empresas del sector de la hostelería y comercio de la ciudad de Albacete particularmente afectados por los efectos de la crisis Covid-19.

Objeto de la convocatoria (base 1ª): paliar las consecuencias provocadas por la COVID-19 en el municipio de Albacete, en los sectores de actividad cuyos epígrafes de IAE se encuentran recogidos en el anexo de la convocatoria.

Cuantía presupuestaria (base 3º): crédito disponible 600.000 euros.

Plazo de presentación (base 4º): Quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOP de Albacete del extracto de la convocatoria (publicado 22/09/2021).

Plazo de presentación desde el 23 de septiembre hasta el 14 de octubre de 2021.

Solicitudes (base 4ª): se tramitarán mediante instancia general a través sede electrónica, del Ayuntamiento de Albacete adjuntando cada uno de los anexos y la documentación requerida.

Para esta convocatoria no existe solicitud como tal, será la instancia general que deberá rellenarse en la sede electrónica: https://albacete.sedipualba.es/segex/tramite.aspx?idtramite=349

Junto con la instancia general se acompañará la siguiente documentación en formato PDF:

  1. Certificado de encontrarse al corriente con la Agencia Tributaria.
  2. Certificado de encontrase al corriente con la Seguridad Social.
  3. Certificado de Gestalba de encontrarse al corriente con el Ayuntamiento de Albacete.
  4. Certificado de situación censal de la empresa.

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.