Se ha publicado el Real Decreto 612/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el R. D. 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
Con esta nueva actualización, se incorpora a esta normativa la protección frente a los agentes reprotóxicos, agentes que pueden tener efectos adversos sobre la función sexual y la fertilidad de hombres y mujeres adultos, así como sobre el desarrollo de los descendientes. Se han incorporado dos agentes cancerígenos y doce agentes reprotóxicos, se ha disminuido el valor límite del benceno.
Objeto y ámbito de aplicación. El presente real decreto tiene por objeto, en el marco de la Ley 31/1995, la protección de los trabajadores contra los riesgos para su salud y su seguridad derivados o que puedan derivarse de la exposición a agentes cancerígenos, mutágenos o reprotóxicos durante el trabajo, así como la prevención de dichos riesgos.
“La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el cáncer como «un amplio grupo de enfermedades que pueden afectar a cualquier parte del organismo […]. Una característica definitoria del cáncer es la multiplicación rápida de células anormales que se extienden más allá de sus límites habituales y pueden invadir partes adyacentes del cuerpo o propagarse a otros órganos, un proceso que se denomina “metástasis”».
Un cancerígeno o carcinógeno es un agente químico, físico o biológico o, incluso alguna otra condición de trabajo, que tiene la capacidad de causar cáncer o aumentar su incidencia.
Con objeto de proteger a los trabajadores frente a la exposición a agentes cancerígenos, la empresa debe:
- Identificar la presencia de agentes cancerígenos en el trabajo. En las fichas de seguridad de los productos, estas sustancias vienen identificadas con las frases H340 y H350. Para identificar sustancias cancerígenas, debe consultar los Anexos I y III del R.D. 665/97.
- Una vez identificados, es de obligado cumplimiento el R.D. 665/97, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. De modo que: