![Orden SND/458/2020, Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos. Fase 3.](/media/k2/items/cache/a84c1146b03260f05ed3957c5d8d913b_Generic.jpg)
![Evelin Molano](https://www.feda.es//media/k2/users/14.png)
Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos.
Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, sin superar en ningún caso la cifra de 80 asistentes, debiendo fomentarse la participación no presencial de aquellos que puedan prestar su actividad a distancia.
![Orden SND/414/2020. Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocios y conferencias. Fase 2.](/media/k2/items/cache/85d801741ea69f12c0896e93c389f4b0_Generic.jpg)
![Evelin Molano](https://www.feda.es//media/k2/users/14.png)
Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias.
Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada. Por lo que se procederá a la apertura de pabellones de congresos, salas de conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares.
Se deberá cumplir con la distancia física exigida, 2 metros, sin superar la cifra de 50 asistentes, debiendo fomentarse la participación a distancia.