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Con actividades, concursos y talleres virtuales del 1 al 5 de junio. La programación ya está disponible en www.semanadelmedioambiente.agesam.es

Una apertura online con contenido técnico y con invitación a los medios de comunicación y retransmisión en directo en el canal de Facebook y YouTube de FEDA

El próximo lunes, día 1 de junio, a las 10,30 horas, será el acto de apertura de la II Semana del Medio Ambiente, “Reciclarse ante los nuevos retos”, que ha organizado La Asociación de Gestores Ambientales de Albacete, AGESAM, integrada en FEDA, con diversas actividades en modo virtual que tendrán lugar del 1 al 5 de junio.

Publicado en Asociaciones

La Confederación defiende a las pymes y autónomos locales como generadores de empleo y riqueza

FEDA, como organización representativa de los empresarios y autónomos de la provincia de Albacete, hace una llamamiento a las administraciones para que elijan a empresas locales como proveedores de productos y servicios.

Publicado en Noticias

Se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el REGLAMENTO (UE) 2020/698 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 de mayo de 2020 por el que se establecen medidas específicas y temporales, como consecuencia del brote de COVID‐19, relativas a  la renovación o prórroga de determinados certificados, permisos, licencias y autorizaciones, y al aplazamiento de determinados controles periódicos y formación continua en ciertos ámbitos de la legislación en materia de transporte.

Mediante este Reglamento se establecen medidas específicas y temporales aplicables a la renovación y ampliación del período de validez de determinados certificados, permisos, licencias y autorizaciones, y al aplazamiento de determinados controles periódicos y formación continua en respuesta a las circunstancias extraordinarias causadas por el brote de COVID‐19 en el ámbito del transporte por carretera.

A continuación, pasamos a resumir los elementos de este Reglamento:

Publicado en Asociativa

Se pide que se involucren empresas, autónomos y la sociedad en general, con la participación de los ciudadanos a nivel particular

Esta campaña de recaudación de fondos es una acción que incentiva la Responsabilidad Social Empresarial

La Confederación de Empresarios de Albacete, FEDA, se involucra en el apoyo a los colectivos más vulnerables y fomenta la participación de las empresas, los autónomos y la sociedad en general en la recaudación de fondos a beneficio de ONGs, como la Cruz Roja, Cáritas y el Banco de Alimentos y la investigación de la Universidad de Castilla-La Mancha, ante la situación creada por la crisis sanitaria del COVID-19. Una recaudación de fondos a través de un crowdfunding solidario.

Publicado en Noticias

Las provincias de Castilla-La Mancha que se encuentren en la fase 2 del Plan para la transición a la nueva normalidad, y en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio recogidos en el artículo 24 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, deberán adoptar las siguientes medidas:

- Autorizar los velatorios de fallecidos por cualquier causa con un límite máximo sean o no convivientes:

- Aire libre: 25 personas.

- Espacios cerrados: 15 personas.

- Autorizar las comitivas para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto

 - Máximo 25 personas

Sobre las medidas a adoptarara manejo de cadáveres, comitivas fúnebres, velatorios y tanatorios en las provincias de CLM que se encuentren en la fase 2 del Plan para la transición a la nueva normalidad, se mantendrán las mismas medidas que en aplicación de la fase I.

 Así mismo, siguen sin cambios, en los municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio recogidos en el artículo 24 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ( cuando tengan menos de 10.001 habitantes y densidad de población inferior a 100 habitantes por kilómetro cuadrado que se hallen en la fase 1 del Plan para la transición a la nueva normalidad) se mantendrán las medidas adoptadas previamente para los territorios en fase 1 contempladas en los apartados tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo y noveno de la Resolución de 12 de mayo de 2020, de la Consejería de Sanidad, sobre flexibilización en las medidas a adoptar para manejo de cadáveres, comitivas fúnebres, velatorios y tanatorios para prevenir el contagio por COVID-19, en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia la nueva normalidad.

 

Puedes ver el archivo completo a través del enlace que se encuentra en la parte inferior de esta noticia:

 

ORDEN 2020/3260 CONSEJERIA SANIDAD CLM SOBRE FLEXIBILIZACIÓN EN LAS MEDIDAS A ADOPTAR PARA MANEJO DE CADÁVERES, COMITIVAS FÚNEBRES, VELATORIOS Y TANATORIOS EN TERRITORIOS EN FASE II - CLM

Publicado en Asociativa

El pasado 30 de mayo se publicó la Orden /SND/458/2020, para flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. 

El objetivo del citado Plan es conseguir que, preservando la salud pública, se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y vitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud se puedan desbordar.

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Condiciones que deben cumplir los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales abiertos al público, que no tengan la condición de centros y parques comerciales.

Los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales que, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, abran al público deberán cumplir todos los requisitos siguientes:

  • Que se reduzca al cincuenta por ciento el aforo total, y en caso de ser varias plantas en cada una de ellas se guardará la misma proporción.
  • Se garantizará la distancia mínima de dos metros entre clientes y cuando no sea posible se permitirá la permanencia dentro del local de un solo cliente.
  • Se establecerá horario de atención prioritario para mayores de 65 años.
  • Cumplimiento adicional de las medidas establecidas en este capítulo, con independencia de lo previsto en los artículos 12 y 17.
Publicado en Asociativa

Condiciones para la prestación del servicio en los establecimientos de hostelería y restauración.

Podrá procederse a la apertura al público de los establecimientos de hostelería y restauración para consumo en el local, salvo en discotecas y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 50% de su aforo.

El consumo dentro del local podrá realizarse en mesa o agrupaciones de mesas, preferentemente mediante reserva. Deberá asegurarse la distancia física de 2 metros entre mesas.

Estará permitido el consumo en barra, con una separación de 2 metros entre clientes o grupos de clientes.

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CONDICIONES EN LAS QUE DEBE DESARROLLARSE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA

Entrenamiento medio en ligas no profesionales federadas

  • Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos de tipo medio, consistentes en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como en la realización de entrenamientos tácticos no exhaustivos, en pequeños grupos de varios deportistas hasta un máximo de veinte, manteniendo las distanticas de seguridad.
Publicado en Asociativa

Condiciones para la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos.

Se permitirá la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos promovidos por cualesquiera entidades de naturaleza pública o privada, sin superar en ningún caso la cifra de 80 asistentes, debiendo fomentarse la participación no presencial de aquellos que puedan prestar su actividad a distancia.

Publicado en General

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