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En el BOE de hoy se ha publicado la Orden SND/338/2020, de 8 de abril, por la que se prorroga la interrupción de la realización de cualquier actividad comprendida en el ámbito del programa de turismo social del Instituto de Mayores y Servicios Sociales para personas mayores y mantenimiento del empleo en zonas turísticas ante la situación de crisis ocasionada por el brote de COVID-19.

Hoy 11 de abril ha sido publicada en el BOE la orden ministerial que establece las medidas necesarias para garantizar la distribución al por menor de carburantes y combustibles en estaciones de servicio y postes marítimos.

En dicha orden se establecen los criterios para definir tres grupos de estaciones de servicio:

  1. Las que deberán continuar prestando el servicio en su calendario y horario habitual
  2. Las que podrán flexibilizar sus horarios siempre que mantengan la apertura al público durante un mínimo de 30 horas semanales de lunes a sábado, con un mínimo de 5 horas diarias.
  3. Las estaciones de servicio no incluidas en los apartados anteriores que tendrán plena libertad para determinar los días y horas de apertura.

Destacar los criterios, cumpliendo al menos uno de ellos, para determinar que una estación de servicio debe continuar con su calendario y horario de apertura habituales:

Hoy 11 de abril ha sido publicada en el BOE el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de abril por el que se instruye al ICO a poner en marcha el segundo tramo de la línea de avales aprobada por el RDL 8/2020.

En el artículo 28 de dicho RDL se prevé una línea de avales por importe máximo de 100.000 millones de euros que aportará el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital para la cobertura de la financiación otorgada por entidades financieras a empresas y autónomos.

El Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de marzo, por el que se libera el primer tramo de avales por importe de 20.000 millones de euros que, según la exposición de motivos no ha sido consumido plenamente.

No obstante, por la presente resolución se procede “a la rápida puesta a disposición de un nuevo tramo, por importe nuevamente de 20.000 millones de euros. Este segundo tramo de avales se destina a avalar exclusivamente la financiación otorgada a pequeñas y medianas empresas y autónomos por considerar que son los agentes de la actividad económica que más requieren de este apoyo en la actualidad.”

En dicha resolución, además se establece expresamente que “…el precio para el cliente de los créditos que se beneficien del aval deberá ser, en general, inferior al de los préstamos y otras operaciones que no cuenten con el aval, y la prohibición de que las entidades condicionen la concesión de un préstamo avalado a la contratación por parte del cliente de otros productos.”

En cuanto a las condiciones específicas de liberación de este segundo tramo, recogidas en el Anexo I de esta resolución, destacar que el plazo de solicitud de los avales, que podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.

En el enlace que se encuentra en la parte inferior de esta noticia, se encuentra el BOE-Nuevo tramo avales ICO

Según el RD 487/2020 publicado en el día de hoy, queda prorrogado el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020 hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020 (es decir, el día 26 de abril inclusive).

Dicho estado de alarma se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, y por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo.

En el enlace inferior de esta noticia encontrará texto completo RD 487/2020

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