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Subvenciones y ayudas (219)

 

Bases reguladoras y convocatorias de subvenciones para creación y consolidación de empresas, en apoyo a la actividad empresarial emprendedora y el autoempleo, en empresas de reciente creación.

Bases reguladoras BOP 25 de junio de 2021. Convocatoria BOP 30 de junio de 2021.

Objeto y finalidad: el objeto de las subvenciones reguladas por estas bases es fomentar la actividad y el emprendimiento empresarial en el municipio de Albacete.

La finalidad de estas subvenciones es facilitar la consolidación de nuevas actividades empresariales y profesionales, tras su puesta en marcha, apoyándolas en la reactivación de la actividad tras las dificultades económicas derivadas de la pandemia por COVID-19.

Beneficiarios: son beneficiarias de estas subvenciones las microempresas –empresas, profesionales o empresarios individuales, titulares de la actividad económica– que hayan iniciado su actividad en el municipio de Albacete en el año 2020 y cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Requisitos previos:

  • Situación de baja laboral en el día previo al alta en la Seguridad Social vinculada a la nueva actividad.
  • Haber recibido, antes del alta en la actividad, asesoramiento y orientación para el inicio de la nueva actividad empresarial o profesional prestados por el Ayuntamiento de Albacete.
  • Carecer de la condición de beneficiarios de subvención del Ayuntamiento de Albacete para autoempleo o creación de microempresas en los años 2019 y 2020.
  • No haber estado de alta en la misma actividad, con carácter previo al alta inicial por la que se solicita la subvención, en los años 2019 y 2020.

La presentación de un proyecto europeo es un proceso con diversas fases, que requieren una planificación y un diseño previo. El principal objetivo a la hora de diseñar proyectos europeos es conseguir financiación comunitaria para desarrollar una serie de actuaciones en torno a un objetivo de su interés.

Los proyectos europeos exigen conocimientos, habilidades y capacidades propios de cualquier proyecto con financiación externa, pero además debemos incluir aquellos condicionantes derivados de las características particulares de los proyectos europeos, marcados por el contexto transnacional en el que han de ser realizados.

Los principales rasgos de los proyectos europeos son:

  • Parten de necesidades y problemas reales compartidos por las entidades participantes para buscar soluciones conjuntas.
  • Responden a intereses de políticas comunitarias.
  • Implican la colaboración entre entidades de diferentes Estados.
  • Requieren de la consideración de principios horizontales a todos los proyectos: desarrollo sostenible, igualdad de oportunidades y no discriminación, igualdad entre hombres y mujeres.
  • Han de generar elementos de interés más allá de su ámbito de aplicación.
  • Sus resultados y productos deben tener capacidad de perdurar más allá del período para el que se ha aprobado la financiación comunitaria.
  • Requieren un esfuerzo especial de gestión para las organizaciones implicadas.

Modificado a fecha 28 de octubre

Se ha publicado en el DOCM, con fecha de hoy, el Decreto 110/2021, que modifica el Decreto 64/2021, de 1 de junio, de concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento de las personas trabajadoras autónomas y las empresas, en el marco de la Línea Covid.

Artículo 1. Objeto y finalidad:

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado de autónomos (empresarios y profesionales) y empresas que desarrollen su actividad en los sectores más afectados por la crisis derivada de la expansión del COVID-19.

Estas ayudas directas tendrán carácter finalista, y deberán aplicarse a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos siempre y cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2020.

La finalidad de estas subvenciones se dirige a preservar la liquidez y la solvencia de personas trabajadoras autónomas y empresas, apoyando sus negocios y actividades económicas para mitigar las negativas consecuencias económicas generadas por las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La Agenda España Digital 2025 se trata de un plan que destinará 140.000 millones de euros, para que al menos el 25% del volumen de negocio de las pymes españolas, provenga del comercio electrónico en el 2025. Este Plan prevé la puesta en marcha durante los años 2020-2022 de un conjunto de reformas estructurales que movilizarían alrededor de los 70.000 millones de euros.

La inversión pública en el periodo 2020-2022 se sitúa en torno a los 20.000 millones de euros, de los cuales 15.000 millones de euros, aproximadamente, corresponderían a los diferentes programas y nuevos instrumentos comunitarios de financiación del Plan de Recuperación Next Generation EU, que establece que la digitalización tiene que ser uno de los ejes principales para movilizar estos recursos. España Digital 2025 centrará sus objetivos en el impulso a la transformación digital del país como una de las palancas fundamentales para relanzar el crecimiento económico.

Ejes estratégicos y objetivos del Plan

Este Plan cuenta con 10 ejes estratégicos con los siguientes objetivos:

Conectividad digital. Este eje trata de conseguir la desaparición de la brecha digital entre zonas rurales y urbanas. Para este eje, se han marcado los siguientes objetivos:  

  • Impulsar la vertebración económica, social y territorial del país.
  • Impulsar el desarrollo de las infraestructuras digitales como palanca de crecimiento económico.
  • Cerrar las nuevas brechas de desigualdad social por la falta de acceso o uso de Internet

Despliegue de la tecnología. Se busca incentivar la presencia del 5G para promover el aumento de la productividad económica, al progreso social y a la vertebración territorial. Entre los objetivos fijados al respecto están:

 

Se ha publicado en el BOP de 19 de mayo de 2021, las bases reguladoras de subvenciones para inversiones en microempresas y pymes, para la ejecución de inversiones en infraestructuras y en otros activos materiales e inmateriales.

Finalidad: La finalidad de esta convocatoria es cofinanciar inversiones de microempresas y pymes, realizadas entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2020,en activos materiales e inmateriales, relacionadas con la creación de un nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la adaptación o necesidades generadas por la crisis provocada por la COVID-19, la diversificación o transformación de la producción de una empresa existente, así como en vehículos de transporte de mercancías ecológicos propulsados mediante combustibles alternativos.

Beneficiarios: microempresas y pymes con domicilio fiscal y establecimiento de la actividad en el municipio de Albacete.

Gastos subvencionables (base 7):

  • Inversiones en obra civil, bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje, mobiliario y enseres, equipos y programas informáticos, y otras inversiones en activos materiales e inmateriales.
  • Inversión en vehículos de transporte de mercancías de los tipos N1, N2 y N3, eléctricos puros, híbridos enchufables, o propulsados por hidrógeno, gas o bifuel.
  • Trabajos de planificación e ingeniería vinculados a los proyectos de inversión presentados a la convocatoria, con un máximo del 10€ de la inversión subvencionable aprobada resultante de dichos trabajos.

Publicación convocatoria subvenciones para revalorización cultural y modernización de librerías.

Hoy ha sido publicado en el BOE el  Extracto de la Orden de 30 de abril de 2021, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la revalorización cultural y modernización de las librerías.

Beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones:

Las librerías independientes que en el momento de la publicación de esta convocatoria, reúnan los siguientes requisitos.

Requisitos administrativos:

  • Tengan como actividad principal la venta de libros.
  • Dispongan de un establecimiento físico, abierto al público general.

Requisitos técnicos:

  • Tener físicamente en el establecimiento, a disposición del público una oferta de títulos (no ejemplares) igual o superior a 3.000. En el caso de librerías especializadas en alguna materia concreta (cuyas ventas en dicha materia concentren un 60% de las ventas) el número de títulos exigibles se reducirá a 1.500.

Las entidades, legalmente constituidas en el momento de solicitar la ayuda, deberán tener residencia fiscal en España a fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos de la convocatoria.

Las empresas distribuidoras, deberán estar registradas como tales en el epígrafe del IAE con el código 619.6 correspondiente a "Comercio al por mayor de libros, periódicos y revistas, y tener una facturación por libros, como mínimo, del 60% sobre su volumen total de facturación.

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