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1. Italia

  • Producción: 21/3 se publica el decreto sobre la suspensión de actividades no esenciales, la producción de vino está autorizada (como toda la producción de alimentos y bebidas) y se realiza con menos empleados.
  • Ventas: A nivel nacional, cierre de los establecimientos HORECA. Los supermercados y tiendas de alimentación continúan abiertas. Las ventas de vino aumentan en este canal un 11,8% para el vino italiano DOP y un 4,4% para el italiano IGP. Sin muchos problemas de exportación de momento. Aumento de las ventas on-line. Pérdida de ventas por el turismo. En Italia el canal de alimentación representa el 25% de las ventas interiores en volumen.
  • Distribución y logística: algunos incidentes por solicitud de certificados sobre la seguridad de los productos en otros países y porque algunos transportistas no quieren ir a Italia o tiene que hacer cuarentena para salir.
  • Ayudas OCM: La UIV (FEV italiana) ha solicitado que se pospongan las fechas límite de ayudas.  

2. Francia

  • Ventas: Los supermercados y tiendas de alimentación continúan abiertas, pero se venden más los vinos de precios más bajos y medios, mayoritariamente. Algunas cadenas están reduciendo el número de referencias. Cierre de los establecimientos HORECA, donde se venden los vinos de mayor precio.  Riesgo de que algunos quiebren. Pérdida de ventas por el turismo. 
  • Distribución y logística: algunos problemas, también de abastecimiento de botellas y corchos que provienen de España o Italia. 

3. Portugal

  • Ventas: Nivel nacional, algunos problemas con los supermercados porque han priorizado los productos de primera necesidad en los primeros días.  Cancelación de algunos pedidos de Brasil y Canadá por la tasa de cambio. 

 

Desde la Confederación Española de Comercio, CEC, se nos ha trasladado, nota de prensa publicada por Sistemas de Tarjetas y Medios de Pago, SA. en la que se comunica el acuerdo de las entidades financieras españolas para ampliar temporalmente de 20€ a 50€ el “límite del pago contactless”, y así reducir el contacto con el terminal.

De acuerdo con la nota de prensa el acuerdo se irá aplicando de forma paulatina, a partir del 30 de marzo,

Orden APA/ 24 de marzo288/2020, de, por la que se modifican determinados plazos para la tramitación de los procedimientos establecidos en el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español para el año 2020, como consecuencia de la aplicación del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Artículo 1. Modificación de los plazos referentes a la reestructuración y reconversión de viñedos.

  1. El plazo de remisión por las comunidades autónomas de las necesidades de financiación a que se refiere el apartado 1 del artículo 33 para el año 2020, se amplía hasta el 1 de junio de 2020.

Modificado a 23/06/2020.

Se ha vuelto a modificar la normativa italiana en cuanto al modelo de certificado de desplazamiento italiano.

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