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Se ha publicado el Decreto 9/2021, de 11 de febrero, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, que modifica el Decreto 66/2020,  por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma.

Artículo único: Modificación  del Artículo 2.- “Limitación de la entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha”. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en los términos establecidos en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020.

Entrada en vigor: a las 00.00 horas del día 12 de febrero de 2021.

Por otra parte, ha salido publicada la Resolución de 11/02/2021, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Procedimiento de actuación para la implantación de las medidas especiales dirigidas a la contención del SARS-CoV-2:

En esta noticia se incluyen las licitaciones publicadas entre los días 1 y 7 de enero en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuyo ámbito geográfico se encuentra en Castilla-La Mancha. Son un total de 76 expedientes que suman una inversión de 12,4 millones de euros.

les informamos de la publicación en el BOE la RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2021.

Además, de su contenido destacamos lo siguiente:

Entrada en vigor: a partir del miércoles 10 de febrero.

✓ Restricciones a la circulación:

Se ha publicado el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social (BOE 3 de febrero de 2021), del que interesa destacar entre otras medidas económicas y sociales, las siguientes:

Modificaciones que atañen a la prestación extraordinaria por cese de actividad (artículo 4)

1.- Solicitudes fuera plazo:

En caso de solicitar fuera del plazo establecido de veintiún días naturales desde la entrada en vigor de un acuerdo o resolución administrativa que motive la solicitud de la prestación extraordinaria por cese de actividad, establece el inicio del derecho a ésta el día de su solicitud.

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