+34 967 217 300  feda@feda.es

En esta noticia se incluyen las licitaciones publicadas entre los días 25 y 31 de enero en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuyo ámbito geográfico se encuentra en Castilla-La Mancha. Son un total de 79 expedientes que suman una inversión de 81,8 millones de euros.

Publicación del Decreto 7/2021, 28 de enero, de concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas.

Artículo 1. Objeto:

Regular la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad económica de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas en los sectores más afectados por el COVID-19.

Líneas de subvención:

  1. Línea 1: subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas sin asalariados.
  2. Línea 2: Subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas con asalariados.

La finalidad de estas subvenciones es apoyar los negocios y actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas como medida de protección y soporte ante las negativas consecuencias económicas generadas por las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, atendiendo a las razones de interés económico y social que concurren con motivo de la crisis sanitaria provocada por el COVI-19.

Artículo 3. Personas y empresas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y que pertenezcan a los sectores más afectados por las medidas adoptadas para la lucha contra la pandemia como la hostelería, el turismo y el comercio minorista, que están comprendidos en las secciones, divisiones o grupos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), que figuran en el anexo IV de este decreto.

Este mes de febrero se abre el plazo para la presentación del modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, finalizando el plazo de presentación el día 1 de marzo de 2021.

Dicha declaración informativa, recoge todas las operaciones realizadas por las empresas y profesionales tanto con clientes como con proveedores que superen la cuantía anual durante el ejercicio 2020 de 3.005,06 €. Los aspectos a tener en cuenta para este ejercicio son:

MEDIDAS EN MATERIA DE EXPEDIENTES DE REGULACION DE EMPLEO

1.- PRORROGA DE ERTES DE FUERZA MAYOR

Se prorrogan automáticamente todos los ERTES de fuerza mayor vigentes, basados en el artículo 22 del RDL 8/2020 hasta el 31/05/2021, a efectos de prestaciones por desempleo de los trabajadores (70% de la base reguladora) y suspensión de sus contratos de trabajo.

Se prorrogan automáticamente todos los ERTES por impedimento en el desarrollo de la actividad autorizados en base a lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, y en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. Ambos se mantendrán vigentes en los términos recogidos en las correspondientes resoluciones estimatorias, expresas o por silencio. Se aplicarán las exoneraciones siguientes, durante el periodo del cierre, entre 1 de febrero y 31 de mayo:

  • Empresas de menos de 50 trabajadores: 100%
  • Empresa de más de 50 trabajadores: 90%

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.