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El pasado día 9, se publicó la Orden SND/399/2020, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la Fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, entrando en vigor el día 11 de mayo.

Con este Plan se pretende conseguir, que preservando la salud pública, se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud se puedan desbordar.

 Actualizado 25/09/2020. Actualización de la Estrategia de detección precoz, vigilancia y control Covid19 del Ministerio de Sanidad. 

Actualizado 25.09.2020

El Ministerio de Sanidad, en el marco del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, publicó la Estrategia de diagnóstico, vigilancia y control en la fase de transición de la pandemia de COVID-19, de 6 de mayo, donde se regulan las obligaciones y procedimientos de obtención y comunicación de información para la vigilancia epidemiológica en relación a la infección del COVID – 19. En constante revisión, dicho texto ha sido actualizado a 25 de septiembre de 2020.

El objetivo de la Estrategia es la detección precoz de cualquier caso que pueda transmitir la enfermedad, junto con el establecimiento precoz de las medidas de control necesarias para evitar infecciones.

La actualización de la estrategia recoge entre sus novedades la utilización de dos pruebas en los distintos escenarios de diagnóstico y seguimiento de los casos y los contactos; Actualmente se hará mediante dos pruebas de detección de infección activa:

  • Una prueba rápida de detección de antígenos y
  • una detección de ARN viral mediante una RT-PCR o una técnica molecular equivalente.
  • La realización de una u otra, o una secuencia de ellas, dependerá del ámbito de realización, la disponibilidad y de los días de evolución de los síntomas (ver apartado 3). En ambas pruebas, las muestras recomendadas para el diagnóstico de infección activa de SARS-CoV-2 son del tracto respiratorio.

Durante todo este periodo se han ido trasladando instrucciones a tener en cuenta en estos momentos en la actuación de los agentes de control en carretera, siendo necesario recopilar y actualizar los criterios a la hora de realizar controles en carretera mientras dure el estado ocasionado por el COVID-19

Atendiendo a las Directrices Comunitarias remitidas:

El día 7 de mayo entró en vigor el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueban medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019, cuya disposición adicional octava establece la continuación e inicio de los procedimientos de contratación celebrados por entidades del Sector Público durante la vigencia del estado de alarma.

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