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Publicación del Ministerio de Sanidad de la Guía “¿Qué debes tener en cuenta al comprar una mascarilla?” que distingue un conjunto de recomendaciones para tener en cuenta a la hora de comprar mascarillas en un establecimiento durante el periodo de desescalada.

Es importante subrayar la importancia de que el uso de las mascarillas son sólo un complemento de protección, siendo fundamental seguir cumpliendo con el resto de las medidas preventivas recomendadas por las autoridades sanitarias.

En este momento actual, el uso de mascarillas es obligatorio y/o recomendable en diversos escenarios como medida de prevención que garantice la seguridad y salud frente al contagio por el COVID-19.

¿QUÉ MASCARILLA NECESITO SEGÚN MI SITUACIÓN?

Las mascarillas de protección individual y las mascarillas quirúrgicas, aunque de aspecto similar tienen objetivos diferentes y deben cumplir con distintas disposiciones legislativas. Las primeras son equipos de protección individual (EPI) y protege frente a la inhalación de bioaerosoles. Las mascarillas quirúrgicas son productos sanitarios (PS) diseñados para evitar la transmisión de agentes infecciosos procedentes de quien las lleva puestas. No debe confundirse con las denominadas mascarillas higiénicas que no son ni EPI ni PS y no garantizan mediante ensayos protección frente a agentes infecciosos.

Las mascarillas higiénicas, las mascarillas quirúrgicas, y los tres tipos de mascarillas EPI, que son autofiltrantes frente a partículas y aerosoles líquidos, las mascarillas FFP1, FFP2 y FFP3, son las más comunes para situaciones como la actual pandemia de coronavirus y para el uso de los profesionales sanitarios.

A continuación, se detalla qué características tiene cada una de ellas:

  • ¿QUÉ ES UNA MASCARILLA AUTOFILTRANTE O MEDIA MÁSCARA FILTRANTE FRENTE A PARTÍCULAS?

Este tipo de mascarillas son Equipos de Protección Individual (EPI) que cubre nariz, boca y mentón, diseñados para garantizar la protección contra los aerosoles sólidos y líquidos.

Debe garantizar un ajuste hermético con la cara de la persona portadora, independientemente del estado de su piel y los movimientos de su cabeza.

Se recomiendan fundamentalmente para su empleo por profesionales, porque están diseñadas para filtrar las partículas y aerosoles líquidos presentes en el medio ambiente, impidiendo que sean inhaladas por quienes las están utilizando. Según su eficacia de filtración pueden ser de tres tipos: FFP1, FFP2 y FFP3. Para la protección contra la COVID-19 se recomienda el uso de mascarillas EPI FFP2.

El PLAN DE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA DE CASTILLA-LA MANCHA CON MOTIVO DE LA CRISIS DEL COVID19, cuya firma ha tenido lugar el cuatro de mayo de 2020, es el resultado de la insistente posición de la Confederación Regional de Empresarios de Castilla-La Mancha y sus organizaciones provinciales y de autónomos integradas, entre ella FEDA, de poner encima de la mesa del Diálogo Social, la necesidad vital de establecer medidas que palíen en lo posible las muy graves consecuencias que la crisis del Coronavirus está ocasionando.

El Plan que se ha firmado de forma conjunta con el Gobierno regional y los sindicatos CCOO y UGT, contiene un total de 74 medidas; y dentro de estas se dispone de un presupuesto inicial de más de 127 millones de euros, para atacar de forma directa los efectos negativos de la crisis COVID 19 y de esos 127 millones, más de 87 son para este mismo ejercicio 2020.

El impacto estimado es de 32.000 empresas y 105.000 trabajadores que se beneficiarían de las medidas acordadas por los agentes sociales y la JCCM.

A continuación, pasamos a detallar las medidas con mayor impacto que sobre las empresas y autónomos este Plan contempla, fruto de los planteamientos realizados por CECAM y sus organizaciones empresariales, y por la negociación llevada a cabo desde el inicio de la crisis con el Gobierno regional y los sindicatos:  

En el enlace que se encuentra en la parte final de esta noticia, encontrarás el RESUMEN EJECUTIVO PLAN.

LÍNEA: AYUDAS A AUTÓNOMOS Y MICROEMPRESAS PARA PALIAR LOS EFECTOS ECONÓMICOS ASOCIADOS POR EL COVID-19.

DESCRIPCIÓN
Concesión directa de subvenciones de apoyo económico a las microempresas y personas autónomas para afrontar los gastos fijos de funcionamiento derivados de la titularidad, ejercicio y desarrollo de un negocio o actividad comercial.

IMPORTE
- Autónomos: Ayuda de 1.500 € por solicitud, 15 millones importe inicial presupuestado.

- Microempresa (importe inicial presupuestado 10 millones):  Entre 1 y 5 trabajadores ayuda de 2.200 €/solicitud.  Entre 6 y 9 trabajadores ayuda de 3.000 €/solicitud.

BENEFICIARIOS
Personas autónomas y microempresas (hasta 9 trabajadores) que hayan visto suspendida su actividad o con caída de facturación del 60%.

REQUISITOS
Que el número de empleados, transcurridos doce meses desde el fin de la suspensión de la actividad, sea igual que en la fecha en la que se presentó la solicitud de ayuda (Ejemplo orientativo, sujeto a condiciones de la norma de convocatoria: se solicita ayuda el 1 de junio de 2020, con 4 trabajadores en la empresa; en junio de 2021 debe de tener 4 trabajadores, aunque a lo largo del año esa cantidad pueda ser menor o mayor).

Resto de requisitos que determine la normativa de convocatoria de las ayudas. 

 

El  Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ha publicado un Protocolo y Guía de buenas prácticas en la actividad comercial, con motivo de la normativa publicada el 3 de mayo, sobre las condiciones que rigen la apertura al público, en la fase inicial o fase 0, de determinados comercios y servicios, entre los que se encuentra la hostelería y restauración.

En el enlace que se encuentra en la parte inferior a esta noticia podrás descargar la guía completa.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 14 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,se dispone:

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