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 GENERALES

  • El empresario o gestor de la explotación agrícola tendrá que adaptar su Plan de prevención para incluir las medidas organizativas, técnicas y de formación e información de los trabajadores que aseguren la prevención y control de la transmisión.
  • Con carácter general, se deben cumplir los requisitos que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y las medidas que marquen las autoridades sanitarias competentes.
  • Las explotaciones agrarias deberán tomar medidas para limitar las cadenas de contacto y transmisión tanto como sea posible. Para ello, la guía propone partir de las cuadrillas como un grupo de trabajo y convivencia estable sobre el que pivotarán las medidas preventivas en la explotación.

El Instituto de Promoción de Castilla-La Mancha (IPEX), stakeholder de FEDA a través de nuestra Enterprise Europe Network, pone en marcha la concesión directa de ayudas a fondo perdido donde se presta apoyo directo y liquidez inmediata a las empresas regionales internacionales para que se adapten de la forma más rápida posible a la situación actual.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Podrán ser objeto de subvención los siguientes gastos:

Línea 1: Cheque exportador: Esta línea va destinada impulsar los procesos de internacionalización y mejorar la competitividad internacional de las empresas de Castilla-La Mancha.

Línea 2: Cheque exportador-moda: Esta línea va destinada a impulsar los procesos de internacionalización y mejorar la competitividad internacional del sector de la moda de Castilla-La Mancha.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES 

Dentro de cada línea serán subvencionables las siguientes actuaciones:

Se ha publicado en el Diario Oficial de C-LM, el Decreto 38/2020, 21 de julio, por el que se modifica el Decreto 24/2020, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Determinando los supuestos en los que es obligatorio el uso de mascarilla.

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

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