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En el DOCM de 2 de julio, se ha publicado el Decreto 28/2020, de 30 de junio, por el que se modifica el Decreto 24/2020, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

 Establecimientos de hostelería y restauración

 El tamaño máximo de los grupos será de veinticinco personas, debiendo indicar en el exterior el aforo máximo permitido de cada lugar, que se establece en un 75% de ocupación. No será exigible la cifra de cuatro metros cuadrados de superficie por persona.

En el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden INT/578/2020, de 29 de junio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Se denegará la entrada, por motivos de orden público o salud pública, toda persona nacional de un tercer país, salvo que pertenezca a una de las siguientes categorías:

Real Decreto Ley de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del autónomo y de competitividad industrial

 

El día 27 de junio ha sido publicado en el BOE el RD Ley 24/2020, de medidas sociales de reactivación del empleo y  protección del autónomo y de competitividad del sector industrial.

Las principales novedades son las siguientes:

 

PRORROGA DE ERTES POR CAUSA DE FM

Se prorrogan los efectos de los ERTES por causa de Fuerza Mayor hasta el 30 de septiembre de 2.020.

-Exenciones en materia de cotización:

          A) Empresas con menos de 50 trabajadores a fecha 29 de febrero de 2020.

Respecto de las personas trabajadoras que reinicien su actividad a partir del 1 de julio, la exención de la aportación empresarial durante los meses de julio, agosto y septiembre, alcanzará el 60%.

Respecto de las personas trabajadoras que continúen con sus actividades suspendidas la exención de la aportación empresarial durante los meses de julio, agosto y septiembre, alcanzará el 35%.

Se ha publicado la Orden HAC/566/2020, de 12 de junio, por la que se modifica la Orden HAC/998/2019, por la que se regula el cumplimiento de la obligación de llevanza de la contabilidad de los productos objeto de los impuestos especiales.

 En esta Orden, se publica finalmente el aplazamiento del periodo transitorio de SILICIE.

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